Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2024064261)
Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar la impartición de los programas formativos declarados estratégicos al amparo del Decreto 121/2021, de 20 de octubre, para el ejercicio 2025.
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NÚMERO 25
Jueves 6 de febrero de 2025

6942

Vigésimo. Información y publicidad.
1. L
 a presente convocatoria será publicada en el Portal de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, así como en el Portal Electrónico de la Transparencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno
Abierto de Extremadura.
El extracto de esta convocatoria a que se refiere el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publicará en el Diario Oficial de Extremadura
junto con la presente resolución, remitiéndose a la Base de Datos Nacional de Subvenciones a efectos de su oportuna publicidad.
2. L
 as subvenciones concedidas serán objeto de publicidad a través de su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura, en el Portal Electrónico de la Transparencia, conforme al
artículo 11, de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura y en
el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con expresión del
programa de ayudas, el crédito presupuestario al que se imputan, beneficiario, cantidad
concedida y finalidad de la subvención, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo
17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Por otra parte, y de conformidad con lo establecido en el artículo 20.8 b) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se remitirán a la Base de Datos Nacional
de Subvenciones las subvenciones concedidas, con indicación según cada caso, de la convocatoria, el programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad
concedida y objetivo o finalidad de la subvención con expresión de los distintos programas
o proyectos subvencionados.
3. L
 os beneficiarios de las subvenciones deberán cumplir con las obligaciones referidas a publicidad que se establecen en el artículo.
Vigesimoprimero. Régimen jurídico aplicable.
En lo no previsto en la presente resolución resultará de aplicación la Orden de 29 de agosto
de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a
financiar la formación declarada como estratégica en proyectos empresariales de interés para
el empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la regulación básica contenida en la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su normativa de desarrollo, la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura, las leyes de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura aplicables en cada ejercicio, el Decreto