Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060242)
Resolución de 28 de enero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, a través del Servicio Extremeño Público de Empleo, y la Autoescuela Julián Alcón Bueno para la adhesión al programa de ayudas regulado en el Decreto 113/2024, de 10 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del programa "Bono formación del sector del transporte", destinado a la mejora de la empleabilidad de personas desempleadas y ocupadas en el sector del transporte de mercancías y de viajeros y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 22
Lunes 3 de febrero de 2025

6652

Una vez recibido el bono de formación y comprobados los datos enumerados en el apartado
anterior, se procederá a la matriculación del alumnado beneficiario, al inicio de la formación
y la entrega del material necesario para la obtención de permisos de conducción de las
clases B, C y C+E. El/la beneficiario/a dispone del plazo de un mes contado desde la fecha
de notificación del correspondiente “Bono Formación” para acudir a la autoescuela de su
elección e iniciar la formación en los términos establecidos por la autoescuela.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiera iniciado la formación o la persona beneficiaria
renuncie a la formación, el bono se considerará caducado.
Es obligatorio que los/as alumnos/as se presenten al examen teórico de la Dirección General de Tráfico en el plazo máximo de cuatro meses desde la fecha de inicio de la formación.
En caso de sobrepasar este plazo sin haberse presentado a examen, se perderá el derecho
a la subvención concedida, anulándose el bono emitido.
3. J ustificar ante la Dirección General de Formación para el Empleo del SEXPE la formación
teórica- práctica impartida mediante la aportación de memoria justificativa mensual que
se presentará dentro de los primeros diez días naturales del mes siguiente al que se haya
realizado la formación. Se justificarán tanto los alumnos/as finalizados como los alumnos/
as que hayan abandonado la formación antes de finalizar, ya sea voluntariamente o por
motivos disciplinarios. Se deberá presentar mensualmente a contar desde el mes correspondiente a la fecha de inicio del convenio y durante todo el período de vigencia del mismo.
En el caso de alumnos/as finalizados, dicha memoria contendrá los siguientes documentos:
— Documentación individualizada de cada alumno/a finalizado:


• Número de bono formativo atendido y relación de la formación recibida.



• Apellidos, nombre y número de identificación fiscal del alumno/a beneficiario/a.



• Documento de formalización de la matrícula en la autoescuela.



• Documento que acredite la entrega del material de enseñanza (“Recepción de material didáctico” aportado por la Dirección General de Formación).



• Partes de asistencia al módulo teórico específico (“Parte de asistencia semanal” en el
modelo establecido por la Dirección General de Formación para el Empleo y/o justificación de las conexiones de los/as alumnos/as a las plataformas de formación en el
caso de teleformación).