Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. Subvenciones. (2025060223)
Resolución de 22 de enero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la concesión de ayudas para la redacción y tramitación de instrumentos de planeamiento general a los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente al año 2024.
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NÚMERO 22
6725
Lunes 3 de febrero de 2025
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dará lugar a la declaración de
incumplimiento y, en consecuencia, la pérdida del derecho a la percepción de la subvención
y, cuando corresponda, el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de
demora legalmente establecido desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha
en que se acuerde la procedencia del reintegro.
Sexto. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura, surtiendo dicha
publicación los efectos propios de la notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los ayuntamientos
interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Secretaría General o bien ante el
Consejero de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, quien es el competente para resolverlo,
en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en los artículos
112,115,121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones públicas, en relación con los artículos 36.i) y 101.4 de la Ley
1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que estimen
procedente.
Mérida, 22 de enero de 2025.
La Secretaria General,
PD, El Director General de Urbanismo,
Ordenación del Territorio y
Agenda Urbana,
(Resolución de 31 de agosto de 2023,
DOE n.º 173, de 7 de septiembre),
SATURNINO CORCHERO PÉREZ
6725
Lunes 3 de febrero de 2025
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dará lugar a la declaración de
incumplimiento y, en consecuencia, la pérdida del derecho a la percepción de la subvención
y, cuando corresponda, el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de
demora legalmente establecido desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha
en que se acuerde la procedencia del reintegro.
Sexto. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura, surtiendo dicha
publicación los efectos propios de la notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los ayuntamientos
interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Secretaría General o bien ante el
Consejero de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, quien es el competente para resolverlo,
en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en los artículos
112,115,121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones públicas, en relación con los artículos 36.i) y 101.4 de la Ley
1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que estimen
procedente.
Mérida, 22 de enero de 2025.
La Secretaria General,
PD, El Director General de Urbanismo,
Ordenación del Territorio y
Agenda Urbana,
(Resolución de 31 de agosto de 2023,
DOE n.º 173, de 7 de septiembre),
SATURNINO CORCHERO PÉREZ