Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2025060191)
Resolución de 16 de enero de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada a la fábrica de aceite de oliva, central hortofrutícola y procesadora de almendras, promovida por Sol de Badajoz, SL, ubicada en Valdivia, término municipal de Villanueva de la Serena.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
50 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 19
Miércoles 29 de enero de 2025

5912

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE

RESOLUCIÓN de 16 de enero de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se otorga autorización ambiental unificada a la fábrica de aceite
de oliva, central hortofrutícola y procesadora de almendras, promovida por
Sol de Badajoz, SL, ubicada en Valdivia, término municipal de Villanueva de
la Serena. (2025060191)
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Con fecha 12 de febrero de 2024 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de la autorización ambiental unificada (AAU) de la fábrica de aceite
de oliva, central hortofrutícola y procesadora de almendras, promovida por Sol de Badajoz,
SL, ubicada en Valdivia, término municipal de Villanueva de la Serena (Badajoz).
Segundo. El proyecto presentado en la presente solicitud de AAU contempla las parcelas
5081, 5292, 5194 y 5104 del polígono 18 del término municipal de Villanueva de la Serena.
Las coordenadas UTM referidas a la Zona 29 ETRS89 son las siguientes: X: 783229.74 Y:
4325571.87.
Tercero. Esta actividad está incluida en la categoría 3.2.b) del anexo II de la Ley 16/2015,
de 23 de abril, relativa a instalaciones para el tratamiento y transformación, diferente del
mero envasado, de la siguientes materias primas, tratadas o no previamente, destinadas a la
fabricación de productos alimenticios o piensos a partir de material prima vegetal, sea fresca,
congelada, conservada, precocinada, deshidratada o completamente elaborada, de una capacidad de producción de productos acabados igual o inferior a 300 toneladas por día o 600
toneladas por día en caso de que la instalación funcione durante un periodo no superior a 90
días consecutivos en un año cualquiera, y superior a 20 toneladas por día.
Cuarto. Mediante anuncio de fecha de 3 de octubre de 2024, publicado en el DOE 200 de 14
de octubre de 2024, el órgano ambiental dando cumplimiento a lo dispuesto en los artículos
16.3 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, comunicó al público en general que la solicitud de la autorización ambiental
unificada de la fábrica de aceite de oliva, central hortofrutícola y procesadora de almendras
promovida por Sol de Badajoz SL ubicada en Valdivia, término municipal de Villanueva de la
Serena, podría ser examinada, durante el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día
siguiente al de la publicación del anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, sin que se haya
recibido alegación alguna.
Quinto. Mediante escrito de 8 de octubre de 2024, la Dirección General de Sostenibilidad
(DGS) remitió al Ayuntamiento de Valdivia y Villanueva de la Serena copia de la solicitud de