Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2025060131)
Resolución de 13 de enero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo del Sector Comercio de Alimentación Mayor y Menor de la provincia de Badajoz.
26 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 17
Lunes 27 de enero de 2025
5426
La prestación de trabajo en horas extraordinarias será voluntaria, exceptuando los casos que
sean originados por causas de fuerza mayor.
La hora extraordinaria se abonará con el 75% de recargo, si se efectúa en horario nocturno
a partir de las diez de la noche hasta las 6:00 horas, con un recargo de 100% y si se efectúa
en domingos o festivos con un recargo del 150%.
Artículo 22: Licencias retribuidas.
Todas las licencias retribuidas contempladas en el presente artículo se les otorgarán a aquellas parejas de hecho que conformen una unidad familiar
Todas las licencias reconocidas en este artículo se contarán como trabajo efectivo.
• Los trabajadores/as disfrutaran de veinte días naturales de permiso retribuido en caso de
contraer matrimonio.
• Por nacimiento de hijos, accidente o enfermedad grave, hospitalización, intervención quirúrgica y fallecimiento de parientes hasta segundo grado y personas convivientes, cinco
días laborables. En enfermedad grave con hospitalización el trabajador/a podrá disfrutar
de este permiso de forma discontinuada, previo mutuo acuerdo empresa y trabajador.
• Dos días por traslado de domicilio.
• Un día por matrimonio de pariente hasta el primer grado y hermanos de consanguinidad
o afinidad, y dos días si es de fuera de la localidad.
• Cinco días para la realización de trámites de adopción o acogimiento.
• Por concurrencia a exámenes de ESO., Enseñanzas Medias o Superiores se les concederá el tiempo necesario, para realizarlo, con un máximo de tres días consecutivos y de
cuarenta horas al año, quedando el trabajador obligado a justificar la concurrencia a los
mismos.
• En los supuestos de asistencia a consultas médicas el tiempo indispensable con justificación posterior a la empresa.
• La persona trabajadora tendrá derecho a ausentarse del trabajo por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes relacionados con familiares o
personas convivientes, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su
presencia inmediata.
Lunes 27 de enero de 2025
5426
La prestación de trabajo en horas extraordinarias será voluntaria, exceptuando los casos que
sean originados por causas de fuerza mayor.
La hora extraordinaria se abonará con el 75% de recargo, si se efectúa en horario nocturno
a partir de las diez de la noche hasta las 6:00 horas, con un recargo de 100% y si se efectúa
en domingos o festivos con un recargo del 150%.
Artículo 22: Licencias retribuidas.
Todas las licencias retribuidas contempladas en el presente artículo se les otorgarán a aquellas parejas de hecho que conformen una unidad familiar
Todas las licencias reconocidas en este artículo se contarán como trabajo efectivo.
• Los trabajadores/as disfrutaran de veinte días naturales de permiso retribuido en caso de
contraer matrimonio.
• Por nacimiento de hijos, accidente o enfermedad grave, hospitalización, intervención quirúrgica y fallecimiento de parientes hasta segundo grado y personas convivientes, cinco
días laborables. En enfermedad grave con hospitalización el trabajador/a podrá disfrutar
de este permiso de forma discontinuada, previo mutuo acuerdo empresa y trabajador.
• Dos días por traslado de domicilio.
• Un día por matrimonio de pariente hasta el primer grado y hermanos de consanguinidad
o afinidad, y dos días si es de fuera de la localidad.
• Cinco días para la realización de trámites de adopción o acogimiento.
• Por concurrencia a exámenes de ESO., Enseñanzas Medias o Superiores se les concederá el tiempo necesario, para realizarlo, con un máximo de tres días consecutivos y de
cuarenta horas al año, quedando el trabajador obligado a justificar la concurrencia a los
mismos.
• En los supuestos de asistencia a consultas médicas el tiempo indispensable con justificación posterior a la empresa.
• La persona trabajadora tendrá derecho a ausentarse del trabajo por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes relacionados con familiares o
personas convivientes, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su
presencia inmediata.