Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060176)
Resolución de 21 de enero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda del Convenio de Colaboración entre el Servicio Extremeño de Salud y los Colegios Oficiales de Farmacéuticos de Cáceres y Badajoz para el desarrollo del "Programa de puntos de cardioprotección en el ámbito rural de Extremadura".
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NÚMERO 16
5162
Viernes 24 de enero de 2025
ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL SERVICIO EXTREMEÑO DE
SALUD Y LOS COLEGIOS OFICIALES DE FARMACÉUTICOS DE CÁCERES Y BADAJOZ
PARA EL DESARROLLO DEL “PROGRAMA DE PUNTOS DE CARDIOPROTECCIÓN EN EL
ÁMBITO RURAL DE EXTREMADURA”.
Mérida, 5 de diciembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D. Jesús Vilés Piris, ejerciendo la representación legal del Servicio Extremeño
de Salud (en adelante SES), en su condición de Director Gerente, en virtud de nombramiento
efectuado por Decreto 148/2023, de 2 de agosto (DOE n.º 149, de 3 de agosto de 2023), y
cuya facultad para la suscripción de Convenios viene expresamente reconocida en el artículo
4 del Anexo I del Decreto 221/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos
del Organismo Autónomo Servicio Extremeño de Salud, previa autorización por Consejo de
Gobierno en su sesión de fecha 2 de diciembre de 2024.
De la otra parte, D. Cecilio José Venegas Fito con DNI ***8387** en calidad de Presidente
del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Badajoz con CIF Q0666002-A, actuando en nombre
y representación de dicha corporación y en el ejercicio de la competencia que le atribuye el
artículo 25 de los estatutos de la misma publicados mediante Resolución de 22 de septiembre de 2021, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se acuerda la inscripción
y publicación de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Badajoz, y su adaptación a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de
Colegios Profesionales de Extremadura, conforme con las modificaciones introducidas por la
Ley 4/2020, de 18 de noviembre.
Y D. Juan José Hernández Rincón, con DNI ***3731** en calidad de Presidente del Colegio
Oficial de Farmacéuticos de Cáceres con CIF Q1066002-E, actuando en nombre y representación de dicha corporación y en el ejercicio de la competencia que le atribuye el artículo 24
de los estatutos de la misma publicados mediante Resolución de 11 de mayo de 2022, de la
Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se acuerda la inscripción y publicación de la
modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Cáceres, y su adaptación
a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales
de Extremadura, conforme con las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de
noviembre.
Las partes intervienen en ejercicio de las facultades que les otorgan sus cargos y, reconociéndose mutuamente capacidad, competencia y legitimación para la suscripción del presente
negocio jurídico.
5162
Viernes 24 de enero de 2025
ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL SERVICIO EXTREMEÑO DE
SALUD Y LOS COLEGIOS OFICIALES DE FARMACÉUTICOS DE CÁCERES Y BADAJOZ
PARA EL DESARROLLO DEL “PROGRAMA DE PUNTOS DE CARDIOPROTECCIÓN EN EL
ÁMBITO RURAL DE EXTREMADURA”.
Mérida, 5 de diciembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D. Jesús Vilés Piris, ejerciendo la representación legal del Servicio Extremeño
de Salud (en adelante SES), en su condición de Director Gerente, en virtud de nombramiento
efectuado por Decreto 148/2023, de 2 de agosto (DOE n.º 149, de 3 de agosto de 2023), y
cuya facultad para la suscripción de Convenios viene expresamente reconocida en el artículo
4 del Anexo I del Decreto 221/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos
del Organismo Autónomo Servicio Extremeño de Salud, previa autorización por Consejo de
Gobierno en su sesión de fecha 2 de diciembre de 2024.
De la otra parte, D. Cecilio José Venegas Fito con DNI ***8387** en calidad de Presidente
del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Badajoz con CIF Q0666002-A, actuando en nombre
y representación de dicha corporación y en el ejercicio de la competencia que le atribuye el
artículo 25 de los estatutos de la misma publicados mediante Resolución de 22 de septiembre de 2021, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se acuerda la inscripción
y publicación de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Badajoz, y su adaptación a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de
Colegios Profesionales de Extremadura, conforme con las modificaciones introducidas por la
Ley 4/2020, de 18 de noviembre.
Y D. Juan José Hernández Rincón, con DNI ***3731** en calidad de Presidente del Colegio
Oficial de Farmacéuticos de Cáceres con CIF Q1066002-E, actuando en nombre y representación de dicha corporación y en el ejercicio de la competencia que le atribuye el artículo 24
de los estatutos de la misma publicados mediante Resolución de 11 de mayo de 2022, de la
Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se acuerda la inscripción y publicación de la
modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Cáceres, y su adaptación
a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales
de Extremadura, conforme con las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de
noviembre.
Las partes intervienen en ejercicio de las facultades que les otorgan sus cargos y, reconociéndose mutuamente capacidad, competencia y legitimación para la suscripción del presente
negocio jurídico.