Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060110)
Resolución de 15 de enero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Cáceres para el desarrollo del programa "Competencias digitales para el Sector Turístico" financiado por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-financiado por la Unión Europea "Next-Generation EU".
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NÚMERO 16
Viernes 24 de enero de 2025

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comprobación o informes de control que garanticen la llevanza de cada una de las actuaciones que se derivan de la ejecución del convenio.
r) Devolver a la Junta de Extremadura las cantidades anticipadas que no se hubieran utilizado en la ejecución de la actividad o actividades en los plazos y condiciones previstos
en el presente convenio, de acuerdo con lo establecido en la cláusula Decimoquinta.
s) Cumplir con las obligaciones de publicidad, medidas de difusión y comunicación, conforme a lo previsto en el artículo 9 de la Orden HF/1030/2021, de 29 de septiembre, así
como con la cláusula Decimotercera de este convenio.
t) Comprometerse a incluir los datos e información que sea pertinente sobre las actuaciones financiadas con los fondos MRR y en los plazos que correspondan, en el aplicativo
que a tal efecto establezca la administración competente.
Octava. Justificación económica y memoria técnica de evaluación.
La Consejería, como entidad responsable de Programa, a través de la Dirección General de
Turismo, procederá a la justificación documental de la aplicación de la totalidad de los fondos
correspondientes, antes de finalizar el segundo trimestre de 2026, a la Secretaría de Estado
de Turismo, en todo caso.
Para la justificación del Programa, la Cámara dará cuenta a la Dirección General de Turismo
de las actuaciones ejecutadas, del cumplimiento de los objetivos alcanzados y llevará a cabo
una memoria económica, especificándose el porcentaje realizado, con una relación clasificada
de los gastos efectuados.
La Cámara está obligada a presentar la justificación parcial acreditada documentalmente
mediante certificación de la Secretaría de la Cámara de los gastos y pagos realizados, con
especificación y desglose del número de las actuaciones realizadas y los resultados obtenidos
por un importe igual o superior a la cantidad entregada en el primer 50% (156.492,72 €).
Esta justificación parcial deberá realizarse ante la Dirección General de Turismo como máximo
hasta el 30 de junio de 2025.
La justificación final de las actuaciones deberá presentarse mediante documento que justifique debidamente el cumplimiento de los objetivos (Anexo VI), bajo la responsabilidad del
declarante, esta se presentará, inexcusablemente, por la Cámara ante la Dirección General de
Turismo hasta el 31 de enero de 2026.
De acuerdo con esto, la documentación justificativa a aportar será la prevista en el Anexo VI.

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia- Financiado por la Unión Europea- NextGenerationUE