Presidencia De La Junta. Violencia De Género. Ayudas. (2025040015)
Extracto del Decreto 149/2024, de 12 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas económicas destinadas a hijos e hijas en situación de orfandad como consecuencia de la violencia de género y se aprueba la primera convocatoria, anualidad 2025.
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NÚMERO 16
Viernes 24 de enero de 2025
4811
EXTRACTO del Decreto 149/2024, de 12 de diciembre, por el que se establecen
las bases reguladoras de ayudas económicas destinadas a hijos e hijas en
situación de orfandad como consecuencia de la violencia de género y se
aprueba la primera convocatoria, anualidad 2025. (2025040015)
BDNS(Identif.):810114
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto
de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones, (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias) y en el
presente DOE.
Primero. Convocatoria, objeto y finalidad.
Se aprueba la primera convocatoria, para el ejercicio 2025, de las ayudas destinadas a hijos
e hijas en situación de orfandad como consecuencia de la violencia de género, la cual se rige
por las normas contenidas en el referido decreto por el que se establecen las bases reguladoras de dichas ayudas económica. La ayuda asignada a cada persona beneficiaria tiene
como finalidad facilitar la reparación del daño ocasionado y evitar en la medida de lo posible
la situación de desamparo en que puedan quedar los huérfanos y huérfanas de las mujeres
víctimas mortales de la violencia machista en Extremadura, garantizando la cobertura de sus
necesidades básicas materiales.
Segundo. Personas beneficiarias y requisitos generales.
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las hijas e hijos menores de edad en situación de orfandad, por homicidio o asesinato de su madre como consecuencia de la violencia de género;
así como las hijas e hijos en idéntica situación, mayores de 18 años y menores de 25 años,
siempre que estén cursando formación reglada. Debiendo acreditar en todo caso su vecindad
administrativa en cualquiera de los municipios de Extremadura. Dichos requisitos deberán
reunirse en el momento de presentación de la solicitud y mantenerlos durante la anualidad
correspondiente a la convocatoria.
Tercero. Bases Reguladoras.
Las bases reguladoras de la presente convocatoria son las contenidas en el Decreto 149/2024,
de 12 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas económicas
destinadas a hijos e hijas en situación de orfandad como consecuencia de la violencia de género y se aprueba la primera convocatoria.
Viernes 24 de enero de 2025
4811
EXTRACTO del Decreto 149/2024, de 12 de diciembre, por el que se establecen
las bases reguladoras de ayudas económicas destinadas a hijos e hijas en
situación de orfandad como consecuencia de la violencia de género y se
aprueba la primera convocatoria, anualidad 2025. (2025040015)
BDNS(Identif.):810114
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto
de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones, (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias) y en el
presente DOE.
Primero. Convocatoria, objeto y finalidad.
Se aprueba la primera convocatoria, para el ejercicio 2025, de las ayudas destinadas a hijos
e hijas en situación de orfandad como consecuencia de la violencia de género, la cual se rige
por las normas contenidas en el referido decreto por el que se establecen las bases reguladoras de dichas ayudas económica. La ayuda asignada a cada persona beneficiaria tiene
como finalidad facilitar la reparación del daño ocasionado y evitar en la medida de lo posible
la situación de desamparo en que puedan quedar los huérfanos y huérfanas de las mujeres
víctimas mortales de la violencia machista en Extremadura, garantizando la cobertura de sus
necesidades básicas materiales.
Segundo. Personas beneficiarias y requisitos generales.
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las hijas e hijos menores de edad en situación de orfandad, por homicidio o asesinato de su madre como consecuencia de la violencia de género;
así como las hijas e hijos en idéntica situación, mayores de 18 años y menores de 25 años,
siempre que estén cursando formación reglada. Debiendo acreditar en todo caso su vecindad
administrativa en cualquiera de los municipios de Extremadura. Dichos requisitos deberán
reunirse en el momento de presentación de la solicitud y mantenerlos durante la anualidad
correspondiente a la convocatoria.
Tercero. Bases Reguladoras.
Las bases reguladoras de la presente convocatoria son las contenidas en el Decreto 149/2024,
de 12 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas económicas
destinadas a hijos e hijas en situación de orfandad como consecuencia de la violencia de género y se aprueba la primera convocatoria.