Presidencia De La Junta. Violencia De Género. Ayudas. (2024040261)
Decreto 149/2024, de 12 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas económicas destinadas a hijos e hijas en situación de orfandad como consecuencia de la violencia de género y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 16
4790
Viernes 24 de enero de 2025
desamparo en la que se encuentran por la pérdida de su madre como consecuencia de la violencia de género. Y dicha respuesta debe ser, no sólo desde el punto de vista psicológico, sino
también desde el económico, solventando la falta de recursos en la que se pueden encontrar.
Por todo ello, la Junta de Extremadura tiene el claro objetivo de minimizar, en la medida de lo
posible, el trauma y daño que han sufrido estos huérfanos y huérfanas, facilitándoles recursos
económicos que les permitan afrontar un futuro mejor. Es, por tanto, prioritario y de carácter
urgente dar respuesta institucional a la situación en que se encuentran las hijas e hijos de
mujeres víctimas mortales como consecuencia de la violencia de género, protegiendo el interés superior de los niños, niñas y adolescentes.
IV
Mediante Decreto de la Presidenta de 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la
denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, la Presidencia de la Junta de Extremadura asume,
entre otras, las competencias en materia de mujer, conciliación e igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI.
El artículo 8 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, establece que, con carácter previo al otorgamiento de subvenciones, se hace necesario la aprobación de las normas que contengan
las bases reguladoras de la concesión en los términos establecidos en la propia ley. En este
sentido, su recién modificado artículo 16, en virtud de la disposición final tercera del DecretoLey 1/2024, de 28 de mayo, de ayudas extraordinarias al sector del viñedo de secano y a las
Agrupaciones Técnicas de Sanidad Vegetal por asesoramiento técnico en materia de sanidad
vegetal y de medidas en materia de juego, simplificación administrativa, cooperativas, tasas
y precios públicos (DOE n.º 108 de 5 de junio de 2024), dispone que las bases reguladoras
de las subvenciones se establecerán por decreto del Consejo de Gobierno, previo informe
de la Abogacía General y de la Intervención General y podrán incorporar además la primera
convocatoria.
En cuanto al procedimiento de concesión de estas subvenciones, el mismo se realizará, en
virtud del artículo 29 y artículo 22.2 de la Ley 6/2011, por el procedimiento de concesión
directa mediante convocatoria abierta ya que se trata de ayudas sociales dirigidas a un colectivo cuyas características están predefinidas, cuyos potenciales beneficiarios pueden reunir
los requisitos exigidos en las bases reguladoras y en la convocatoria en cualquier período del
año, y que constituyen una pluralidad indeterminada de personas que requieren de una respuesta ágil e inmediata que sólo puede proporcionarse a través del empleo de este tipo de
procedimiento.
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Viernes 24 de enero de 2025
desamparo en la que se encuentran por la pérdida de su madre como consecuencia de la violencia de género. Y dicha respuesta debe ser, no sólo desde el punto de vista psicológico, sino
también desde el económico, solventando la falta de recursos en la que se pueden encontrar.
Por todo ello, la Junta de Extremadura tiene el claro objetivo de minimizar, en la medida de lo
posible, el trauma y daño que han sufrido estos huérfanos y huérfanas, facilitándoles recursos
económicos que les permitan afrontar un futuro mejor. Es, por tanto, prioritario y de carácter
urgente dar respuesta institucional a la situación en que se encuentran las hijas e hijos de
mujeres víctimas mortales como consecuencia de la violencia de género, protegiendo el interés superior de los niños, niñas y adolescentes.
IV
Mediante Decreto de la Presidenta de 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la
denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, la Presidencia de la Junta de Extremadura asume,
entre otras, las competencias en materia de mujer, conciliación e igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI.
El artículo 8 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, establece que, con carácter previo al otorgamiento de subvenciones, se hace necesario la aprobación de las normas que contengan
las bases reguladoras de la concesión en los términos establecidos en la propia ley. En este
sentido, su recién modificado artículo 16, en virtud de la disposición final tercera del DecretoLey 1/2024, de 28 de mayo, de ayudas extraordinarias al sector del viñedo de secano y a las
Agrupaciones Técnicas de Sanidad Vegetal por asesoramiento técnico en materia de sanidad
vegetal y de medidas en materia de juego, simplificación administrativa, cooperativas, tasas
y precios públicos (DOE n.º 108 de 5 de junio de 2024), dispone que las bases reguladoras
de las subvenciones se establecerán por decreto del Consejo de Gobierno, previo informe
de la Abogacía General y de la Intervención General y podrán incorporar además la primera
convocatoria.
En cuanto al procedimiento de concesión de estas subvenciones, el mismo se realizará, en
virtud del artículo 29 y artículo 22.2 de la Ley 6/2011, por el procedimiento de concesión
directa mediante convocatoria abierta ya que se trata de ayudas sociales dirigidas a un colectivo cuyas características están predefinidas, cuyos potenciales beneficiarios pueden reunir
los requisitos exigidos en las bases reguladoras y en la convocatoria en cualquier período del
año, y que constituyen una pluralidad indeterminada de personas que requieren de una respuesta ágil e inmediata que sólo puede proporcionarse a través del empleo de este tipo de
procedimiento.