Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060078)
Resolución de 13 de enero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se articula la concesión directa de una subvención por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura al Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales "Medioambiente y Aguas Provincia de Cáceres - MÁSMEDIO", para el desarrollo del Plan Provincial de Puntos Limpios de la provincia de Cáceres, financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Next-Generation EU".
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NÚMERO 15
Jueves 23 de enero de 2025

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justificación estarán obligados a prestar colaboración y facilitar cuanta documentación sea
requerida en el ejercicio de las funciones de control a la Intervención General de la Junta de
Extremadura, así como a los órganos que, de acuerdo con la normativa comunitaria, tengan
atribuidas funciones de control financiero”. En este sentido el beneficiario deberá facilitar
aquella documentación acreditativa necesaria para la cumplimentación y desarrollo de los
controles administrativos y sobre el terreno conforme a la normativa vigente. En caso de incumplimiento se atenderá a lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
Novena. Subcontratación.
El beneficiario podrá subcontratar hasta el 100% del proyecto objeto de subvención regulado
en el presente convenio. Se considera que existe subcontratación cuando el beneficiario concierta con terceros la ejecución total o parcial de la actuación. Queda fuera de este concepto
la contratación de aquellos gastos en que tenga que incurrir el beneficiario para la realización
por sí mismo de la actividad subvencionada. El beneficiario habrá de respetar en sus relaciones con los subcontratistas, las previsiones de la normativa en materia de contratos del sector
público para los contratos subvencionados.
Décima. Medidas de Publicidad y otras obligaciones.
El beneficiario instalará, en un lugar visible, con caracteres adecuados y de acuerdo con las
directrices de la Consejería, carteles informativos con la indicación de que la actuación se realiza mediante financiación de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
con fondos europeos, así como la adopción de medidas de identificación, información y publicidad de las inversiones a que se refiere la Ley 6/2011, de 23 de marzo, y en su caso, el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas
con ayudas de la Junta de Extremadura y se modifica el Decreto 77/1990, de 16 de octubre,
por el que se establece el Régimen General de Concesión de Subvenciones, y cumpliendo en
todos los casos lo establecido en el Decreto 7/2002, de 29 de enero, por el que se aprueba
la identidad corporativa del Gobierno y la Administración Pública de la Comunidad Autónoma
de Extremadura. De igual forma, el beneficiario asume la obligatoriedad de dar cumplimiento
a las medidas de publicidad de ayudas percibidas en los términos y condiciones establecidos
en el artículo 9 de Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el
sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y en particular:
— La procedencia de la financiación de los fondos, información sobre la componente e inversión. Se incluirá la referencia al “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
- Financiado por la Unión Europea -NextGenerationEU”.