Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060078)
Resolución de 13 de enero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se articula la concesión directa de una subvención por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura al Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales "Medioambiente y Aguas Provincia de Cáceres - MÁSMEDIO", para el desarrollo del Plan Provincial de Puntos Limpios de la provincia de Cáceres, financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Next-Generation EU".
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NÚMERO 15
Jueves 23 de enero de 2025
4450
El pago, por parte del beneficiario, de los gastos realizados para la consecución del objeto de
este convenio podrá realizarse desde el 1 de enero de 2025 hasta el 15 de marzo de 2026.
De conformidad con lo previsto en el artículo 21.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura se ha solicitado informe previo de la
consejería competente en materia de Hacienda, no siendo exigible la prestación de garantía
por parte de la beneficiaria para la realización de los pagos anticipados.
Para que el director técnico nombrado por la Consejería pueda emitir el certificado preceptivo
para la tramitación del pago final, el beneficiario deberá entregar previamente la justificación
de la totalidad de los trabajos ejecutados en el marco del convenio presentando la siguiente
documentación:
1. C
ertificado emitido por la Intervención de MASMEDIO en el que se deberá hacer constar
la acción realizada y su coste, así como que se refieren a gastos previstos en el Convenio
efectivamente realizados y acreditados mediante facturas, nóminas de personal, seguros
sociales, o documentos contables de valor probatorio equivalente, así como su efectivo
pago.
2. S
olicitud de pago especificando el importe a abonar por parte de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible conforme lo estipulado en la presente cláusula.
3. O
riginal o copia auténtica del acreditante de cada uno de los gastos y pagos realizados
(nóminas, facturas, seguros sociales, acreditantes bancarios o documentos contables de
valor probatorio equivalente).
4. M
emoria descriptiva de los trabajos desarrollados y los resultados obtenidos.
5. C
opia auténtica de los procedimientos de contratación pública efectuados por parte del
beneficiario. Se deberá remitir fotocopia auténtica de toda la documentación referente al
procedimiento de contratación (pliego de prescripciones técnicas, solvencia económica y
financiera y solvencia técnica, invitaciones, ofertas, actas de las mesas de contratación,
informe de valoración de las ofertas, resolución de adjudicación, etc.).
Conforme a lo establecido en el artículo 46 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 52 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo “los beneficiarios,
las entidades colaboradoras y los terceros relacionados con el objeto de la subvención o su
Jueves 23 de enero de 2025
4450
El pago, por parte del beneficiario, de los gastos realizados para la consecución del objeto de
este convenio podrá realizarse desde el 1 de enero de 2025 hasta el 15 de marzo de 2026.
De conformidad con lo previsto en el artículo 21.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura se ha solicitado informe previo de la
consejería competente en materia de Hacienda, no siendo exigible la prestación de garantía
por parte de la beneficiaria para la realización de los pagos anticipados.
Para que el director técnico nombrado por la Consejería pueda emitir el certificado preceptivo
para la tramitación del pago final, el beneficiario deberá entregar previamente la justificación
de la totalidad de los trabajos ejecutados en el marco del convenio presentando la siguiente
documentación:
1. C
ertificado emitido por la Intervención de MASMEDIO en el que se deberá hacer constar
la acción realizada y su coste, así como que se refieren a gastos previstos en el Convenio
efectivamente realizados y acreditados mediante facturas, nóminas de personal, seguros
sociales, o documentos contables de valor probatorio equivalente, así como su efectivo
pago.
2. S
olicitud de pago especificando el importe a abonar por parte de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible conforme lo estipulado en la presente cláusula.
3. O
riginal o copia auténtica del acreditante de cada uno de los gastos y pagos realizados
(nóminas, facturas, seguros sociales, acreditantes bancarios o documentos contables de
valor probatorio equivalente).
4. M
emoria descriptiva de los trabajos desarrollados y los resultados obtenidos.
5. C
opia auténtica de los procedimientos de contratación pública efectuados por parte del
beneficiario. Se deberá remitir fotocopia auténtica de toda la documentación referente al
procedimiento de contratación (pliego de prescripciones técnicas, solvencia económica y
financiera y solvencia técnica, invitaciones, ofertas, actas de las mesas de contratación,
informe de valoración de las ofertas, resolución de adjudicación, etc.).
Conforme a lo establecido en el artículo 46 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 52 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo “los beneficiarios,
las entidades colaboradoras y los terceros relacionados con el objeto de la subvención o su