Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Explotaciones Agrarias. Ayudas. (2025040011)
Extracto de la convocatoria de ayudas al establecimiento de jóvenes agricultores y agricultoras incorporada al Decreto 169/2024, de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras y normas de aplicación del régimen de ayudas al establecimiento de jóvenes agricultores y agricultoras y a las inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias realizadas por jóvenes agricultores y agricultoras en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se realiza la primera convocatoria.
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NÚMERO 13

3727

Martes 21 de enero de 2025

agricultoras y a las inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias realizadas por jóvenes agricultores y agricultoras en la Comunidad Autónoma de Extremadura y
se realizan la primera convocatorias de ambas ayudas. 2024-2027.
Cuarto. Cuantía de la convocatoria.
Las ayudas aprobadas en esta convocatoria se concederán por una cuantía total de treinta y
cinco millones de euros (35.000.000 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 120040000
G/353A/77000 FR23756101 20230291, conforme a las siguientes anualidades e importes:
2024………………………………0€
2025…………………….13.000.000€
2026……………………..16.000.000€
2027……………………...5.000.000€
2028……………………...1.000.000€
El gasto correspondiente a estas ayudas está cofinanciado por el Fondo Europeo Agrícola de
Desarrollo Rural (FEADER), por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y por la
Junta de Extremadura.
La subvención, en forma de importe a tanto alzado, está formada por una prima básica, de
20.000 euros, y unos incrementos, que podrán sumar una cuantía de 50.000 euros.
Quinto. Plazo de vigencia de la convocatoria a efectos de presentación de solicitudes.
El plazo de vigencia de la convocatoria a efectos de presentación de solicitudes se iniciará a
partir del día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Decreto de
bases Reguladoras y el presente extracto y finalizará el 31 de diciembre de 2026.
Las solicitudes podrán tramitarse a través del Punto General de Acceso Punto de Acceso General Electrónico de la Junta de Extremadura: https://www.juntaex.es/w/3632 .
Mérida, 10 de enero de 2025.
La Secretaria General,
MARÍA CONCEPCIÓN MONTERO GÓMEZ