Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Explotaciones Agrarias. Ayudas. (2025040011)
Extracto de la convocatoria de ayudas al establecimiento de jóvenes agricultores y agricultoras incorporada al Decreto 169/2024, de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras y normas de aplicación del régimen de ayudas al establecimiento de jóvenes agricultores y agricultoras y a las inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias realizadas por jóvenes agricultores y agricultoras en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se realiza la primera convocatoria.
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NÚMERO 13
Martes 21 de enero de 2025
3726
EXTRACTO de la convocatoria de ayudas al establecimiento de jóvenes
agricultores y agricultoras incorporada al Decreto 169/2024, de 30 de
diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras y normas de
aplicación del régimen de ayudas al establecimiento de jóvenes agricultores y
agricultoras y a las inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones
agrarias realizadas por jóvenes agricultores y agricultoras en la Comunidad
Autónoma de Extremadura y se realiza la primera convocatoria. (2025040011)
BDNS(Identif.):809138
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones y, en el artículo 16 q) de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica extracto de
la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE.
Primero. Objeto.
Las ayudas están destinadas al establecimiento de jóvenes agricultores en la Comunidad
Autónoma de Extremadura conforme al artículo 75 del Reglamento (UE) n.º 2021/2115, del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, y la Intervención 6961.1 “Establecimiento de personas jóvenes agricultores” del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027,
en adelante PEPAC.
Segundo. Beneficiarias.
Personas físicas o jurídicas y explotaciones de titularidad compartida, inscritas en el Registro
de Titularidad Compartida de Explotaciones agrarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que reuniendo las condiciones de joven agricultor, se establezcan en una explotación
prioritaria por primera vez.
No podrán alcanzar la condición de beneficiaria las agrupaciones sin personalidad jurídica,
excepto la explotación de titularidad compartida; el agricultor o agricultora joven que, como
persona física o como integrante de persona jurídica, o agrupación sin personalidad haya sido
titular de una explotación agraria con las excepciones que contemplan las bases reguladoras
y el que haya sido beneficiario de esta ayuda.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 169/2024, de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras y
normas de aplicación del régimen de ayudas al establecimiento de jóvenes agricultores y
Martes 21 de enero de 2025
3726
EXTRACTO de la convocatoria de ayudas al establecimiento de jóvenes
agricultores y agricultoras incorporada al Decreto 169/2024, de 30 de
diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras y normas de
aplicación del régimen de ayudas al establecimiento de jóvenes agricultores y
agricultoras y a las inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones
agrarias realizadas por jóvenes agricultores y agricultoras en la Comunidad
Autónoma de Extremadura y se realiza la primera convocatoria. (2025040011)
BDNS(Identif.):809138
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones y, en el artículo 16 q) de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica extracto de
la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE.
Primero. Objeto.
Las ayudas están destinadas al establecimiento de jóvenes agricultores en la Comunidad
Autónoma de Extremadura conforme al artículo 75 del Reglamento (UE) n.º 2021/2115, del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, y la Intervención 6961.1 “Establecimiento de personas jóvenes agricultores” del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027,
en adelante PEPAC.
Segundo. Beneficiarias.
Personas físicas o jurídicas y explotaciones de titularidad compartida, inscritas en el Registro
de Titularidad Compartida de Explotaciones agrarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que reuniendo las condiciones de joven agricultor, se establezcan en una explotación
prioritaria por primera vez.
No podrán alcanzar la condición de beneficiaria las agrupaciones sin personalidad jurídica,
excepto la explotación de titularidad compartida; el agricultor o agricultora joven que, como
persona física o como integrante de persona jurídica, o agrupación sin personalidad haya sido
titular de una explotación agraria con las excepciones que contemplan las bases reguladoras
y el que haya sido beneficiario de esta ayuda.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 169/2024, de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras y
normas de aplicación del régimen de ayudas al establecimiento de jóvenes agricultores y