Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Explotaciones Agrarias. Ayudas. (2024040289)
Decreto 169/2024, de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras y normas de aplicación del régimen de ayudas al establecimiento de jóvenes agricultores y agricultoras y a las inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias realizadas por jóvenes agricultores y agricultoras en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se realiza la primera convocatoria para ambas ayudas.
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NÚMERO 13
Martes 21 de enero de 2025

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a la puesta en marcha de nuevas empresas rurales, incluido el establecimiento de nuevos
agricultores con el fin de contribuir a la consecución de los objetivos específicos del artículo 6.
Así mismo, el artículo 73 establece que los estados miembros podrán conceder ayudas para
aquellas inversiones en activos materiales e inmateriales que contribuyan a la consecución de
uno o varios de los objetivos específicos mencionados en el artículo 6, apartados 1 y 2.
En cumplimiento del mandato recogido en el Reglamento (UE) 2021/2115, España presentó
su Plan Estratégico de la PAC para el periodo 2023-2027 (en adelante, PEPAC) que fue aprobado por la Comisión Europea el 31 de agosto de 2022. Con posterioridad, y hasta la fecha de
aprobación del presente Decreto, el PEPAC ha sufrido dos modificaciones, la primera aprobada
por la Comisión el 30 de agosto de 2023 y la segunda aprobada por la Comisión el 17 de julio
de 2024.
El PEPAC recoge las ayudas reguladas en los artículos 73 y 75 del Reglamento UE) 2021/2115
en dos intervenciones: la 6961.1 “Establecimiento de personas jóvenes agricultores” y la
6841.2 “Ayudas a inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias”.
En el presente decreto, de forma novedosa, se establecen las bases reguladoras de los dos tipos de ayudas recogidas en las Intervenciones 6961.1 y 6841.2 siempre que los beneficiarios
sean jóvenes agricultores según la definición que, de acuerdo con los parámetros establecidos
en el artículo 4.6 del Reglamento (UE) 2021/2115, recoge el PEPAC en su apartado 4.1.5.
Se estima que la regulación conjunta de las ayudas al establecimiento de las personas jóvenes junto con las ayudas a las inversiones en modernización y/o mejora de las explotaciones
agrarias de esas mismas personas jóvenes contribuirá de forma esencial a la clarificación,
simplificación y mejor articulación de las ayudas, ya que la persona joven que se establezca,
o se haya establecido por primera vez, podrá solicitar simultáneamente ambas ayudas posibilitando que realice una mejor planificación de la actividad agraria en la que se inicia.
De manera igualmente novedosa, estas bases reguladoras establecen como procedimiento de
concesión de las ayudas el de concesión directa de acuerdo con lo dispuesto en artículo 25 del
Decreto Ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
en concordancia con lo dispuesto en los artículos 22.2 y 29 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En relación con la elección del procedimiento de concesión directa, indicar que es una exigencia derivada de la experiencia obtenida en las tramitación de las ayudas a la creación de
empresas por las personas jóvenes; se ha puesto de manifiesto en los últimos años que la
tramitación utilizando el procedimiento de concurrencia competitiva dificultaba sobremanera