Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060071)
Resolución de 13 de enero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Badajoz para el desarrollo del "Programa de competencias digitales para el sector turístico" financiado por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea Next-Generation EU.
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NÚMERO 12
Lunes 20 de enero de 2025

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2. A
 simismo, le corresponden las funciones público-administrativas que a continuación se
enumeran, en la forma y con la extensión que se determine por la Junta de Extremadura:


f) Colaborar en los programas de formación establecidos por centros docentes públicos
o privados y, en su caso, por las Administraciones Públicas competentes.



k) Fomentar cuantas acciones sean precisas con el fin de impulsar la competitividad y
el progreso de las empresas extremeñas así como la mejora de la calidad, el diseño,
la productividad y la investigación en las mismas.



ñ) C
 ontribuir a la promoción del turismo de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
en el marco de la colaboración y cooperación con la Junta de Extremadura.



q) Impulsar y colaborar en la implantación de las TICs en las empresas de la región.



w) Impulsar y colaborar en la implantación de las TICS en las empresas de la región, así
como promover actuaciones específicas dirigidas al incremento de la competitividad
de las pequeñas y medianas empresas, y fomentar su innovación y transferencias
tecnológicas, así como impulsar y colaborar en la implantación de la economía digital de las empresas de la región.

4. S
 in perjuicio de lo establecido en el apartado 2 del presente artículo, las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Extremadura podrán desarrollar cualquier
función de naturaleza público-administrativa, siempre que le sea expresamente encomendada o delegada por la Junta de Extremadura, en los términos de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y sea compatible con su naturaleza y funciones.
5. P
 ara el adecuado desarrollo de sus funciones, las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Extremadura y las Administraciones Públicas podrán celebrar
convenios y contratos en los supuestos y condiciones establecidos por el artículo 5.6 de
la Ley 4/2014, de 1 de abril. Además, podrán suscribir convenios u otros instrumentos
de colaboración para garantizar una adecuada coordinación de sus actuaciones con las
llevadas a cabo por las organizaciones empresariales”.
Que el Gobierno de España dictó el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el
que se aprueban las medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y
para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante RDL
36/2020), y las Órdenes HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sis-