Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025060092)
Resolución de 11 de enero de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga la autorización ambiental unificada al proyecto de instalación de valorización de residuos no peligrosos mediante producción de biogás, promovido por El Encinar de Humienta, SA, en los términos municipales de Almaraz y Belvís de Monroy.
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NÚMERO 12
Lunes 20 de enero de 2025
3437
Al catalogarse el proyecto con una vulnerabilidad media para las personas, el industrial
está obligado a cumplir de forma efectiva las medidas concretas, precisas y ajustadas al
suceso adverso concreto para mitigar los efectos adversos significativos y con expresión
del momento exacto en que se harán efectivas.
El titular de la infraestructura es el responsable de la veracidad de la información facilitada, y deberá cumplir y desarrollar las medidas establecidas necesarias para la modificación del centro de tratamiento de residuos.
Lo que se informa a los efectos oportunos en la tramitación del expediente, teniendo en
cuenta las observaciones al estudio de vulnerabilidad.
7. C
on fecha 20 de marzo de 2024 el Servicio de Regadíos de la Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia emite un primer informe en sentido
favorable condicionado a la realización de los cambios siguientes:
— Incorporar documentación fehaciente que acredite el desmantelamiento efectivo de
las construcciones existentes en las parcelas 3 y 4 del polígono 1 del término municipal de Belvís de Monroy.
— Incorporar documentación fehaciente que acredite que no se capta agua para la industria desde la red de riego de la zona regable.
— Solicitar exclusión de las parcelas afectadas por el proyecto de la Zona Regable del
Canal Derivado del Pantano de Valdecañas en el Servicio de Regadíos.
Posteriormente, y tras el aporte de documentación por parte de la promotora, el Servicio
de Regadíos de la Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia emite un segundo informe con fecha 26 de agosto de 2024 en el que se recogen
las siguientes conclusiones:
Primero. Se emite informe favorable al proyecto “Planta de valorización de residuos no
peligrosos mediante digestión anaerobia para producir biogás”, a los efectos del artículo
75 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, según la siguiente normativa,
— Ley de Reforma y Desarrollo Agrario aprobada por Decreto 118/1973, de 12 de
enero de 1973.
— Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura.
Lunes 20 de enero de 2025
3437
Al catalogarse el proyecto con una vulnerabilidad media para las personas, el industrial
está obligado a cumplir de forma efectiva las medidas concretas, precisas y ajustadas al
suceso adverso concreto para mitigar los efectos adversos significativos y con expresión
del momento exacto en que se harán efectivas.
El titular de la infraestructura es el responsable de la veracidad de la información facilitada, y deberá cumplir y desarrollar las medidas establecidas necesarias para la modificación del centro de tratamiento de residuos.
Lo que se informa a los efectos oportunos en la tramitación del expediente, teniendo en
cuenta las observaciones al estudio de vulnerabilidad.
7. C
on fecha 20 de marzo de 2024 el Servicio de Regadíos de la Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia emite un primer informe en sentido
favorable condicionado a la realización de los cambios siguientes:
— Incorporar documentación fehaciente que acredite el desmantelamiento efectivo de
las construcciones existentes en las parcelas 3 y 4 del polígono 1 del término municipal de Belvís de Monroy.
— Incorporar documentación fehaciente que acredite que no se capta agua para la industria desde la red de riego de la zona regable.
— Solicitar exclusión de las parcelas afectadas por el proyecto de la Zona Regable del
Canal Derivado del Pantano de Valdecañas en el Servicio de Regadíos.
Posteriormente, y tras el aporte de documentación por parte de la promotora, el Servicio
de Regadíos de la Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia emite un segundo informe con fecha 26 de agosto de 2024 en el que se recogen
las siguientes conclusiones:
Primero. Se emite informe favorable al proyecto “Planta de valorización de residuos no
peligrosos mediante digestión anaerobia para producir biogás”, a los efectos del artículo
75 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, según la siguiente normativa,
— Ley de Reforma y Desarrollo Agrario aprobada por Decreto 118/1973, de 12 de
enero de 1973.
— Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura.