Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060049)
Resolución de 9 de enero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Tercera Adenda al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio y el Grupo de Acción Local "Centro de desarrollo rural Campiña Sur" para la aplicación del enfoque Leader del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020 en Extremadura, firmado el día 25 de noviembre de 2016.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 11
Viernes 17 de enero de 2025

2930

petentes, en orden a un mejor cumplimiento del programa regional y a una mayor eficiencia
de las dotaciones financieras del mismo, podrán ajustar la contribución financiera asignada
al programa comarcal a la evolución real del mismo, reasignando, en el marco del programa
regional, las dotaciones procedentes de estos ajustes en los términos previstos en el Decreto
64/2016, de 17 de mayo, de selección de EDLP y en el Decreto por el que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento de gestión, para el periodo de
programación de desarrollo rural 2014-2020. Esta reasignación será comunicada al Comité
de Seguimiento del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020. Todo ello en
consonancia con la necesaria consecución de los hitos del programa, sobre la base de la información y las evaluaciones que se realicen, de cara a la aplicación del marco del rendimiento.
En todo caso, estos trámites o autorizaciones deberán adoptarse con carácter previo al Acuerdo de Modificación”.
Octavo. El GAL “Centro de desarrollo rural Campiña Sur”, ha propuesto dar una baja en la
submedida 19.3 “PREPARACIÓN Y REALIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE COOPERACIÓN
DEL GAL” por importe de 25.000,00 € para dar un alta por esa misma cuantía en la submedida
19.2 “APOYO A LA APLICACIÓN DE LAS ACCIONES PREVISTAS EN LA ESTRATEGIA DE DESARROLLO LOCAL PARTICIPATIVO”, con el fin de poder realizar otras actuaciones que necesite su
territorio en lo que resta del periodo de programación 2014-2022, cuya fecha de elegibilidad
se extiende hasta el 31/12/2025.
Por tanto, con la baja de la submedida 19.3, la submedida 19.2 recibe un alta de 25.000,00 €.
Asimismo, se incluye la modificación de las distintas asignaciones según las fuentes de cofinanciación de la medida 19 afectadas por las nuevas tasas de cofinanciación acordadas tras
la última modificación del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2022, siendo
en este caso, del 85 % para FEADER y 15 % para las Administraciones nacionales. Esta modificación ha sido aprobada mediante Decisión de Ejecución de la Comisión de 27.9.2024 por
la que se aprueba la modificación del programa de desarrollo rural de Extremadura (España)
a efectos de la concesión de ayudas del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y se modifica la Decisión de Ejecución C(2015) 8193, de 18 de noviembre de 2015.
De conformidad con lo expuesto y en el ejercicio de sus competencias, en aras de una mayor
eficacia y eficiencia las partes reunidas acuerdan formalizar la presente Adenda, cuyo contenido se plasma en las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Se modifica la cláusula segunda del Convenio, quedando redactada como sigue:
Segunda: Dotaciones financieras.