Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060041)
Resolución de 9 de enero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Tercera Adenda al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio y el Grupo de Acción Local "Asociación para el Desarrollo Integral de Sierra de Montánchez y Tamuja (ADISMONTA)" para la aplicación del enfoque Leader del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020 en Extremadura, firmado el día 25 de noviembre de 2016.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 10
Jueves 16 de enero de 2025

2720

17 de diciembre, relativo a la ayuda a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural
(FEADER). El Organismo de Certificación es la Intervención General de la Junta de Extremadura con el alcance y las competencias previstas en el artículo 9.1 del Reglamento (UE) n.º
1306/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, sobre la financiación,
gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos
(CE) n.º 352/78, (CE) n.º 165/94, (CE) n.º 2799/98, (CE) n.º 814/2000, (CE) n.º 1290/2005
y (CE) n.º 485/2008 del Consejo.
Séptimo. El GAL ADISMONTA suscribió con posterioridad al convenio de 25 de noviembre de
2016 las siguientes adendas:
1.ª ADENDA de fecha 22 mayo de 2018: ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RURAL, POLÍTICAS AGRARIAS Y TERRITORIO Y EL GRUPO DE ACCIÓN LOCAL “ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE
SIERRA DE MONTÁNCHEZ Y TAMUJA” PARA LA APLICACIÓN DEL ENFOQUE LEADER DEL
PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL 2014-2020 EN EXTREMADURA POR LA QUE SE DELEGAN DETERMINADOS CONTROLES ADMINISTRATIVOS EN APLICACIÓN DEL ARTÍCULO
60.2 DEL REGLAMENTO (UE) N.º. 809/2014 DE LA COMISION POR EL QUE SE ESTABLECEN DISPOSICIONES DE APLICACIÓN DEL REGLAMENTO (UE) N.º. 1306/2013.
2.ª ADENDA de fecha 3 de diciembre de 2021: ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN
ENTRE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RURAL, POLÍTICAS AGRARIAS Y TERRITORIO Y EL GRUPO DE ACCIÓN LOCAL “ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE
SIERRA DE MONTÁNCHEZ Y TAMUJA” PARA LA APLICACIÓN DEL ENFOQUE LEADER DEL
PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL 2014-2020 EN EXTREMADURA, FIRMADO EL DÍA 25
DE NOVIEMBRE DE 2016.
Por la presente Adenda (3ª) se modifica el Convenio de 25 de noviembre de 2016 conforme
a la cláusula decimoséptima. Modificación del convenio suscrito el 25 de noviembre de 2016
entre la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio y el Grupo de
Acción Local “ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE SIERRA DE MONTÁNCHEZ Y
TAMUJA” que indica:
“El presente Convenio, podrá ser modificado de mutuo acuerdo entre las partes, en función
del desarrollo efectivo del programa de desarrollo rural, mediante la suscripción del oportuno Acuerdo de Modificación, que deberá ser suscrito antes de la finalización del plazo de
duración; e igualmente por la aplicación de las normas de desarrollo del PDR 2014-2020.
Cuando la revisión, incluidas las que puedan derivarse de las evaluaciones de la aplicación
del programa del GAL, implique modificación de los cuadros financieros, su aprobación co-