Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Economía Social. Subvenciones. (2024064082)
Resolución de 17 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, de convocatoria de subvenciones a las entidades asociativas de la economía social y del autoempleo de Extremadura para 2025.
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NÚMERO 10
Jueves 16 de enero de 2025

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2. En relación con estas subvenciones, se consideran registros públicos competentes los siguientes:
a) Entidades asociativas de sociedades cooperativas: Registro de Sociedades Cooperativas
de Extremadura.
b) Entidades asociativas de sociedades laborales y empresas de inserción: Oficina Pública
de Depósito de Estatutos de Asociaciones Sindicales y Empresariales de ámbito de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
c) Entidades asociativas de sociedades agrarias de transformación: Registro de Asociaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
d) Entidades asociativas del trabajo autónomo: Registro de Asociaciones Profesionales de
Trabajadores Autónomos de Extremadura.
e) Los Registros de la Comunidad Autónoma de Extremadura distintos a los mencionados
anteriormente que, en virtud de la normativa de aplicación, resultaren competentes a
efectos de cumplir y acreditar los requisitos señalados.
Quinto. Procedimiento de concesión y de convocatoria de la subvención.
1. Las subvenciones previstas en la presente resolución se tramitan en régimen de concurrencia competitiva, a fin de establecer una prelación entre las solicitantes, en los términos
establecidos en los capítulos I y II del título II de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. E
 l procedimiento se inicia de oficio mediante la presente convocatoria pública aprobada por
la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible,
mediante resolución que se ajusta a las bases reguladoras establecidas en la Orden de 11
de abril de 2024, de bases reguladoras, y se publicará en el Diario Oficial de Extremadura,
http://doe.juntaex.es, junto con sus extractos, obtenidos por conducto de la Base de Datos
Nacional de Subvenciones, de acuerdo con el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre.
3. Asimismo, la presente convocatoria será objeto de publicación en el Portal de Subvenciones
de la Junta de Extremadura, de conformidad con lo previsto en el artículo 20.1 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, y en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura, según
prevé el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.