Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060035)
Resolución de 9 de enero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Cuarta Adenda al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio y el Grupo de Acción Local "Asociación para el Desarrollo de las Vegas Altas del Guadiana (ADEVAG)" para la aplicación del enfoque Leader del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020 en Extremadura, firmado el día 25 de noviembre de 2016.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 9
Miércoles 15 de enero de 2025
2471
Cuando la revisión, incluidas las que puedan derivarse de las evaluaciones de la aplicación del
programa del GAL, implique modificación de los cuadros financieros, su aprobación corresponderá a la Consejería, quienes darán traslado de esta al Comité de Seguimiento del PDR de
Extremadura 2014-2020.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo primero de la presente cláusula, en caso de retraso
en la ejecución del programa comarcal y en el cronograma de pagos, las autoridades competentes, en orden a un mejor cumplimiento del programa regional y a una mayor eficiencia
de las dotaciones financieras del mismo, podrán ajustar la contribución financiera asignada
al programa comarcal a la evolución real del mismo, reasignando, en el marco del programa
regional, las dotaciones procedentes de estos ajustes en los términos previstos en el Decreto
64/2016, de 17 de mayo, de selección de EDLP y en el Decreto por el que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento de gestión, para el periodo de
programación de desarrollo rural 2014-2020. Esta reasignación será comunicada al Comité
de Seguimiento del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020. Todo ello en
consonancia con la necesaria consecución de los hitos del programa, sobre la base de la información y las evaluaciones que se realicen, de cara a la aplicación del marco del rendimiento.
En todo caso, estos trámites o autorizaciones deberán adoptarse con carácter previo al Acuerdo de Modificación”.
Octavo. A propuesta del GAL ADEVAG, los fondos asignados a la submedida 19.1 “AYUDA
PREPARATORIA”, procedentes del PDR 2014-2022 que no han gastado en la elaboración de
la Estrategia de Desarrollo Local Participativo 2023-2027 (EDLP 2023-2027), deben ser asignados a la submedida 19.2 “APOYO A LA APLICACIÓN DE LAS ACCIONES PREVISTAS EN LA
ESTRATEGIA DE DESARROLLO LOCAL PARTICIPATIVO” con el fin de poder destinarlos a otros
fines. En este caso, proponen dar una baja de 17.996,90 € en la submedida 19.1 y dar un alta
en la submedida 19.2 por importe de 17.996,90 €.
Por otro lado, han propuesto dar una baja en la submedida 19.3 “PREPARACIÓN Y REALIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE COOPERACIÓN DEL GAL” por importe de 68.782,19 € para
dar un alta por esa misma cuantía en la submedida 19.2, con el fin de poder realizar otras actuaciones que necesite su territorio en lo que resta del periodo de programación 2014-2022,
cuya fecha de elegibilidad se extiende hasta el 31/12/2025.
Asimismo, proponen dar una baja en la submedida 19.4 “AYUDA PARA LOS COSTES DE EXPLOTACIÓN Y ANIMACIÓN” por importe de 229.125,39 € para dar un alta de esa misma cantidad en la submedida 19.2.
Por tanto, con las bajas de las submedidas 19.1, 19.3 y 19.4, la submedida 19.2 recibe un alta
de 315.904,48 € con el fin de que dichos fondos se puedan destinar a futuras convocatorias
de ayudas o proyectos del GAL.
Miércoles 15 de enero de 2025
2471
Cuando la revisión, incluidas las que puedan derivarse de las evaluaciones de la aplicación del
programa del GAL, implique modificación de los cuadros financieros, su aprobación corresponderá a la Consejería, quienes darán traslado de esta al Comité de Seguimiento del PDR de
Extremadura 2014-2020.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo primero de la presente cláusula, en caso de retraso
en la ejecución del programa comarcal y en el cronograma de pagos, las autoridades competentes, en orden a un mejor cumplimiento del programa regional y a una mayor eficiencia
de las dotaciones financieras del mismo, podrán ajustar la contribución financiera asignada
al programa comarcal a la evolución real del mismo, reasignando, en el marco del programa
regional, las dotaciones procedentes de estos ajustes en los términos previstos en el Decreto
64/2016, de 17 de mayo, de selección de EDLP y en el Decreto por el que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento de gestión, para el periodo de
programación de desarrollo rural 2014-2020. Esta reasignación será comunicada al Comité
de Seguimiento del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020. Todo ello en
consonancia con la necesaria consecución de los hitos del programa, sobre la base de la información y las evaluaciones que se realicen, de cara a la aplicación del marco del rendimiento.
En todo caso, estos trámites o autorizaciones deberán adoptarse con carácter previo al Acuerdo de Modificación”.
Octavo. A propuesta del GAL ADEVAG, los fondos asignados a la submedida 19.1 “AYUDA
PREPARATORIA”, procedentes del PDR 2014-2022 que no han gastado en la elaboración de
la Estrategia de Desarrollo Local Participativo 2023-2027 (EDLP 2023-2027), deben ser asignados a la submedida 19.2 “APOYO A LA APLICACIÓN DE LAS ACCIONES PREVISTAS EN LA
ESTRATEGIA DE DESARROLLO LOCAL PARTICIPATIVO” con el fin de poder destinarlos a otros
fines. En este caso, proponen dar una baja de 17.996,90 € en la submedida 19.1 y dar un alta
en la submedida 19.2 por importe de 17.996,90 €.
Por otro lado, han propuesto dar una baja en la submedida 19.3 “PREPARACIÓN Y REALIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE COOPERACIÓN DEL GAL” por importe de 68.782,19 € para
dar un alta por esa misma cuantía en la submedida 19.2, con el fin de poder realizar otras actuaciones que necesite su territorio en lo que resta del periodo de programación 2014-2022,
cuya fecha de elegibilidad se extiende hasta el 31/12/2025.
Asimismo, proponen dar una baja en la submedida 19.4 “AYUDA PARA LOS COSTES DE EXPLOTACIÓN Y ANIMACIÓN” por importe de 229.125,39 € para dar un alta de esa misma cantidad en la submedida 19.2.
Por tanto, con las bajas de las submedidas 19.1, 19.3 y 19.4, la submedida 19.2 recibe un alta
de 315.904,48 € con el fin de que dichos fondos se puedan destinar a futuras convocatorias
de ayudas o proyectos del GAL.