Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060021)
Resolución de 7 de enero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Primera Adenda Modificativa del Acuerdo de Financiación para la gestión del instrumento financiero "Fondo de Garantía de Adquisición de Vivienda" de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 9
Miércoles 15 de enero de 2025

2430

PRIMERA ADENDA MODIFICATIVA DEL ACUERDO DE FINANCIACIÓN PARA
LA GESTIÓN DEL INSTRUMENTO FINANCIERO “FONDO DE GARANTÍA
DE ADQUISICIÓN DE VIVIENDA” DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE
EXTREMADURA.
Mérida, 23 de diciembre de 2024.
REUNIDOS:
De una parte, Doña Elena Manzano Silva , Consejera de Hacienda y Administración Pública,
cargo que ostenta en virtud del Decreto de la Presidenta 18/2023, de 20 de julio (DOE N.º
140 de 21 de julio), en ejercicio de las competencias en materia de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de acuerdo con el artículo 2, del Decreto de la Presidenta
16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las
Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
De otra parte, Don Manuel Martín Castizo, Consejero de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, cargo que ostenta en virtud del Decreto de la Presidenta
24/2023, de 20 de julio (DOE N.º 140 de 21 de julio), en ejercicio de las competencias en
materia de vivienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de acuerdo con el artículo
2, del Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Y de otra, Don Miguel Ángel Mendiano Calle, Director General de La Sociedad Extremadura
Avante SLU (en adelante AVANTE), como organismo designado para la gestión del Fondo de
Garantía de Adquisición de Vivienda de Extremadura (en adelante Fondo de Garantía).
Las partes manifiestan la plena vigencia de las facultades con las que actúan y se reconocen
capacidad legal suficiente para celebrar el presente convenio, a cuyo efecto,
MANIFIESTAN:
Primero. La Ley 4/2023, de 29 de marzo, que modifica la Ley 11/2019, de 11 de abril, de
promoción y acceso a la vivienda de Extremadura, crea y regula el Fondo de Garantía de Adquisición de Vivienda de Extremadura como un instrumento financiero regional que pretende
coadyuvar a solventar las actuales barreras para la financiación en la adquisición de vivienda,
en especial, las que deben superar la población joven. Para ello añade al título V de la Ley
11/2019, el capítulo I bis, con la rúbrica Fondo de Garantía de Adquisición de Vivienda de
Extremadura que comprende los artículos 61 bis a quinquies.