Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Instalaciones Deportivas. Subvenciones. (2024064023)
Resolución de 4 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2025 de las ayudas para la construcción, reforma o equipamiento de instalaciones deportivas municipales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 9
Miércoles 15 de enero de 2025

2550

En particular, podrá efectuarse voluntariamente por la entidad beneficiaria el reintegro
de la subvención, cuando dentro del período de justificación constate la existencia de
un remanente y proceda a la devolución del mismo, sin el referido requerimiento de la
administración.
Las devoluciones voluntarias se llevarán a cabo mediante modelo 050 en cualquiera de las
entidades financieras colaboradoras que se indican a continuación: BBVA, BANKINTER, B.
CAIXA GERAL, BANCA PUEYO, BANCO SABADELL, GUIPUZCOANO, SANTANDER, POPULAR
ESPAÑOL, BANESTO, CAJA ESPAÑA, LA CAIXA, CAJA DUERO, CAJA MADRID, CAJA DE BA­
DAJOZ, CAIXA CATALUNYA, LIBERBANK, CR ALMENDRALEJO, C.R. EXTREMADURA y BBK
BANK CAJASUR o bien mediante tramitación telemática mediante el siguiente enlace web:
https://modelo050.juntaex.es/modelo050/.
2. C
 uando se produzca la devolución voluntaria de la subvención abonada sin requerimiento
previo de la Administración, el órgano concedente de la ayuda exigirá, desde el momento
del cobro hasta que se produjo la devolución efectiva por parte de la entidad beneficiaria, el
interés de demora establecido en el artículo 24.3 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General
de Hacienda Pública de Extremadura, sin el incremento del 25 % previsto en el artículo 44
de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
Lo dispuesto en el párrafo anterior no será de aplicación cuando el importe de la devolución
efectuada voluntariamente incluya los intereses de demora debidamente calculados.
Vigesimocuarto. Información y publicidad.
1. L
 as entidades beneficiarias de las ayudas estarán obligadas a dar publicidad e identificar la
participación de las administraciones públicas en la cofinanciación de los proyectos y acti­
vidades subvencionables de conformidad con las prescripciones contenidas en el Decreto
50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas
con ayudas de la Junta de Extremadura, y se modifica el Decreto 77/1990, de 16 de octu­
bre, por el que se establece el Régimen General de Concesión de Subvenciones.
2. L
 as medidas de identificación, información y publicidad indicadas se ubicarán en el lugar
donde se realicen las inversiones, en sitio visible al público y deberán permanecer un mí­
nimo de tres años desde la finalización de la obra.
Vigesimoquinto. Efectos.
La presente convocatoria producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Diario
Oficial de Extremadura.