Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Comercio. Ayudas. (2024063957)
Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para el fomento del asociacionismo comercial correspondiente al ejercicio 2025.
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NÚMERO 9
Miércoles 15 de enero de 2025

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licitadas para la misma actividad, se efectuará mediante declaración expresa y responsable dirigida al órgano gestor de las ayudas, según el modelo que figura en el anexo V
de la presente resolución.
4. El acceso a toda la información general relativa a la regulación de este procedimiento se
efectuará a través del Punto de Acceso General Electrónico de los servicios y trámites,
https://juntaex.es/w/0631322.
5. Las comunicaciones en todas las actuaciones que se realicen en el procedimiento y las notificaciones de los actos administrativos, de conformidad con lo establecido en el artículo
43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se practicarán por medios electrónicos y, en todo caso, cuando
las personas interesadas resulten obligadas a recibirlas por esta vía, surtiendo ésta todos
los efectos de notificación practicada mediante comparecencia en sede electrónica de la
Junta de Extremadura de las personas interesadas, entendiéndose practicadas desde el
momento en que se produzca el acceso a su contenido. Cuando la notificación por medios
electrónicos sea de carácter obligatorio, se entenderá rechazada cuando hayan transcurrido diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a
su contenido.
Complementariamente a la notificación practicada por el sistema establecido en el párrafo
anterior y únicamente con efectos informativos, la persona solicitante recibirá un aviso en
la dirección de correo electrónico que conste en la solicitud (anexo II), mediante el cual se
le indicará que se ha producido una notificación a cuyo contenido podrá acceder a través
del apartado habilitado a tal efecto la sede electrónica https://tramites.juntaex.es .
No obstante, de manera adicional y para asegurar la eficacia de las actuaciones administrativas podrá realizarse la notificación a través de medios no electrónicos. Cuando la notificación se realice por distintos cauces, se tomará como fecha de notificación aquélla que
se hubiera producido en primer lugar.
Séptimo. Plazo de presentación de las solicitudes.
El plazo para presentar solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la
fecha de publicación de la resolución de la convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de
Extremadura.
Octavo. Subsanación de solicitudes.
Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos se requerirá al interesado para que, en un plazo
de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación