Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Comercio. Ayudas. (2024063957)
Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para el fomento del asociacionismo comercial correspondiente al ejercicio 2025.
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NÚMERO 9
Miércoles 15 de enero de 2025
2502
Decimocuarto. Concurrencia de subvenciones.
1. Las subvenciones recogidas en la presente resolución de convocatoria serán incompatibles con cualquier otra clase de subvenciones, ayudas o ingresos obtenidos para la misma
finalidad.
2. L
as entidades solicitantes deberán comunicar la obtención de otras subvenciones que financien las actividades para las que solicitan la ayuda, conforme a lo establecido en el
anexo IV.
Decimoquinto. Obligaciones de la entidad beneficiaria.
La concesión de la ayuda implica la aceptación, por parte de la entidad beneficiaria, de las
siguientes obligaciones:
a) Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero que realice el órgano
gestor de las ayudas, la Autoridad de Gestión, la Autoridad de Certificación, la Autoridad
de Auditoría, el Organismo Intermedio, el Tribunal de Cuentas, los órganos de control
de la Comisión Europea o el Tribunal de Cuentas Europeo, de acuerdo con lo establecido
en la normativa aplicable a la gestión de ayudas cofinanciadas con fondos comunitarios,
aportando para ello cuanta información le sea requerida.
b) Realizar las actuaciones de conformidad con la documentación presentada en la solicitud.
c) Comunicar al órgano instructor y de ordenación, en el momento en que se produzca,
cualquier eventualidad sobrevenida en la actividad o proyecto subvencionado y que
afecte a su realización.
d) Admitir las medidas de evaluación y seguimiento que sobre la aplicación de las cantidades concedidas se efectúen por la Consejería de Economía, Empleo y Transformación
Digital.
e) D
isponer de los estados contables y registros legalmente exigidos, con la finalidad de
garantizar el adecuado ejercicio de facultades de comprobación y control.
f) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en cuanto puedan ser objeto de las actuaciones de
comprobación y control.
g) Mantener un sistema de contabilidad separado o un código contable adecuado en relación con todas las transacciones realizadas con la operación, a fin de garantizar la
adecuada justificación de la subvención, todo ello sin perjuicio de las normas de contabilidad nacional.
Miércoles 15 de enero de 2025
2502
Decimocuarto. Concurrencia de subvenciones.
1. Las subvenciones recogidas en la presente resolución de convocatoria serán incompatibles con cualquier otra clase de subvenciones, ayudas o ingresos obtenidos para la misma
finalidad.
2. L
as entidades solicitantes deberán comunicar la obtención de otras subvenciones que financien las actividades para las que solicitan la ayuda, conforme a lo establecido en el
anexo IV.
Decimoquinto. Obligaciones de la entidad beneficiaria.
La concesión de la ayuda implica la aceptación, por parte de la entidad beneficiaria, de las
siguientes obligaciones:
a) Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero que realice el órgano
gestor de las ayudas, la Autoridad de Gestión, la Autoridad de Certificación, la Autoridad
de Auditoría, el Organismo Intermedio, el Tribunal de Cuentas, los órganos de control
de la Comisión Europea o el Tribunal de Cuentas Europeo, de acuerdo con lo establecido
en la normativa aplicable a la gestión de ayudas cofinanciadas con fondos comunitarios,
aportando para ello cuanta información le sea requerida.
b) Realizar las actuaciones de conformidad con la documentación presentada en la solicitud.
c) Comunicar al órgano instructor y de ordenación, en el momento en que se produzca,
cualquier eventualidad sobrevenida en la actividad o proyecto subvencionado y que
afecte a su realización.
d) Admitir las medidas de evaluación y seguimiento que sobre la aplicación de las cantidades concedidas se efectúen por la Consejería de Economía, Empleo y Transformación
Digital.
e) D
isponer de los estados contables y registros legalmente exigidos, con la finalidad de
garantizar el adecuado ejercicio de facultades de comprobación y control.
f) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en cuanto puedan ser objeto de las actuaciones de
comprobación y control.
g) Mantener un sistema de contabilidad separado o un código contable adecuado en relación con todas las transacciones realizadas con la operación, a fin de garantizar la
adecuada justificación de la subvención, todo ello sin perjuicio de las normas de contabilidad nacional.