Servicio Extremeño Público De Empleo. Inserción Laboral. Subvenciones. (2024064195)
Resolución de 18 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria del ejercicio 2025 de subvenciones de la Línea I a entidades promotoras de los proyectos del Programa Colaborativo Rural ATENEO.
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NÚMERO 9
Miércoles 15 de enero de 2025

2591

En caso de ausencia, vacante o enfermedad de las personas titulares, serán sustituidas por
las personas asignadas a estos efectos.
Se levantará acta de la Comisión de Valoración que será firmada por la persona que ejerza
las funciones de Secretaría con el visto bueno de la Presidencia, debiendo también recoger la declaración de ausencia de conflicto de intereses, por parte de sus componentes,
indicando que no concurre conflicto de interés que pueda comprometer su imparcialidad e
independencia durante el procedimiento
3. L
 a resolución de los procedimientos a propuesta del órgano instructor se atribuye a la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño Público de Empleo.
El plazo máximo para la resolución y notificación será de 3 meses, a contar desde la fecha
de publicación de la presente convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es ). Transcurrido dicho plazo sin haberse notificado resolución
expresa, podrá entenderse desestimada la solicitud, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 22.5 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
4. L
 a notificación de los actos administrativos para la tramitación del procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se realizará mediante
publicación en la sede electrónica del órgano concedente, surtiendo ésta todos los efectos
de notificación practicada mediante comparecencia en Sede electrónica asociada según lo
previsto por la Resolución de 16 de noviembre de 2023, del Consejero, por la que se crea
la sede electrónica asociada a la sede electrónica corporativa de la Junta de Extremadura,
de los interesados, entendiéndose practicadas desde el momento en que se produzca el
acceso a su contenido. Complementariamente a la notificación practicada por el sistema
establecido en el párrafo anterior y únicamente con efectos informativos, la solicitante recibirá un aviso en la dirección de correo electrónico que conste en la solicitud de la ayuda,
mediante el cual se le indicará que se ha producido una notificación a cuyo contenido podrá
acceder a través del apartado habilitado a tal efecto en la web https://tramites.juntaex.es.
No obstante, si transcurridos diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación no se accede a su contenido, dicha notificación se entenderá rechazada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.2 de la mencionada Ley 39/2015, de 1 de octubre,
dando por efectuado el trámite correspondiente y siguiéndose el procedimiento, al amparo
de lo establecido en el artículo 41.5 de la misma Ley.
Octavo. Eficacia y recursos.
La presente convocatoria surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación y la del
extracto a que se refiere el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General