Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2024040270)
Decreto 158/2024, de 17 de diciembre, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la realización de la experiencia piloto del Programa de formación y empleo para personas desempleadas en el sector de la artesanía y su convocatoria única.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
65 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 9
Miércoles 15 de enero de 2025

I

2362

DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
DECRETO 158/2024, de 17 de diciembre, por el que se aprueban las bases
reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la realización de
la experiencia piloto del Programa de formación y empleo para personas
desempleadas en el sector de la artesanía y su convocatoria única. (2024040270)
En el Real Decreto 659/2024, de 9 de julio, por el que se regula la concesión directa de
determinadas subvenciones en el ámbito del empleo y de la formación en el trabajo para
el ejercicio presupuestario 2024, se concede una subvención a la Comunidad Autónoma de
Extremadura por importe de quince millones de euros.
Esta concesión se articula a través del convenio suscrito con fecha 22 de octubre de 2024
entre la Administración General del Estado, a través del Servicio Público de Empleo Estatal,
O.A. y la Comunidad Autónoma de Extremadura para el desarrollo de un Plan de Empleo de
Extremadura que comprenda la realización de medidas que incrementen el empleo, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 659/2024, de 9 de julio.
En la cláusula tercera del convenio se recoge que la financiación de actuaciones con cargo al
convenio se condiciona a que su inicio se hubiera producido dentro del ejercicio presupuestario 2024. En este sentido, se considerará que una actuación se ha iniciado, en el momento
en el que comenzaran los trámites del correspondiente expediente administrativo, y en todo
caso, en el momento en que se solicite el informe al servicio jurídico correspondiente, cuando dicho informe sea preceptivo, cuando se hubiera remitido a su publicación la normativa
reguladora o convocatoria de una subvención o se hubiera publicado la convocatoria para el
procedimiento selectivo que corresponda.
En la cláusula cuarta del convenio se establece que la Comunidad Autónoma de Extremadura,
a través del Servicio Extremeño Público de Empleo, destinará los fondos del Servicio Público
Estatal a la consecución de los objetivos recogidos en el Plan Director de Políticas Activas de
Empleo 2024-2027, respondiendo a las necesidades extraordinarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
A tal fin procederá a la aprobación de programas de ayudas públicas, la convocatoria y concesión de subvenciones públicas, el desarrollo de programas de gestión directa, y cualquier
otra fórmula de actuación por parte de la Comunidad Autónoma de Extremadura admitida
en derecho y entre las que se encuentra: “Actuaciones de formación en el trabajo, dirigidas