Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Teatro. Danza. Música. Ayudas. (2025060009)
Resolución de 13 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas destinadas a la producción teatral, de danza, espectáculos multidisciplinares y de música profesionales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025.
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NÚMERO 8
Martes 14 de enero de 2025

1996

das con la Hacienda Autonómica, así como la situación respecto al Impuesto de Actividades
Económicas, salvo que el solicitante no haya autorizado expresamente al órgano gestor a
la comprobación de oficio de dichos datos marcando la casilla correspondiente del anexo de
la solicitud. En otro caso, esta deberá presentar las certificaciones correspondientes, que
tendrán validez durante el plazo de seis meses contado desde la fecha de expedición, salvo
que reglamentariamente se establezca otro plazo.
7. No será necesaria la presentación de la documentación que estuviere ya en poder de esta
Administración actuante, si el solicitante se acoge a lo establecido en los artículos 28.3 y
53.1.d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en el artículo 25 de la Ley 4/2022, de 27
de julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura, siempre que se
haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o, en su caso,
emitidos, así como el número de expediente.
De la misma forma se incluirá un apartado en el que se haga constar que estos extremos
no han sufrido variación alguna.
8. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23.5 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, si la
solicitud no reúne los requisitos establecidos o no se acompañan los documentos exigidos,
se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, contados a partir del día
siguiente al de la notificación del requerimiento, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su
solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo
21 de Ley 39/2015, de 1 de octubre.
9. La presentación de solicitudes supone la aceptación expresa y formal de lo establecido en
la presente resolución.
Décimo. Documentación.
1. L
 a solicitud deberá presentarse acompañada de la siguiente documentación:
a) Escrituras de constitución, estatutos de la entidad y documento acreditativo del poder
del representante legal de la misma actualizados, para aquellas empresas que no hubieran presentado proyectos a la misma línea de subvenciones, y para aquellas que
hubiesen sufrido alguna modificación respecto a la última documentación presentada.
b) Cinco copias del proyecto de producción de teatro, danza, espectáculo multidisciplinar o
de música que se propone realizar, presentado en CD o en memoria USB, en el que se
detalle:


— Texto íntegro o proyecto argumental y artístico de la producción a realizar, indicando
título y autor/compositor y/o adaptación (en su caso).