Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Teatro. Danza. Música. Ayudas. (2025060009)
Resolución de 13 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas destinadas a la producción teatral, de danza, espectáculos multidisciplinares y de música profesionales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025.
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NÚMERO 8
1990
Martes 14 de enero de 2025
tencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y el Decreto 236/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes, y con lo establecido
en el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Objeto y finalidad.
Por medio de esta resolución se efectúa la aprobación de la convocatoria de ayudas destinadas a la producción teatral, de danza, de espectáculos multidisciplinares y de música profesionales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025, para la financiación
de los gastos que generen anualmente por el montaje de las nuevas producciones. Con el fin
de apoyar a las iniciativas que surjan en el ámbito del teatro, la danza, los espectáculos multidisciplinares y la música, así como contribuir en el desarrollo económico de Extremadura,
concretamente en el sector de las artes escénicas y de la música.
Segundo. Régimen jurídico.
Las ayudas convocadas se regirán por lo previsto en el Decreto 58/2016, de 10 de mayo, por
el que aprueban las bases reguladoras de concesión de ayudas destinadas a la producción
teatral, de danza, de espectáculos multidisciplinares y de música profesionales de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 92, de 16 de mayo de 2016), lo establecido en la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
siendo igualmente de aplicación las disposiciones de carácter básico contenidas en la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás disposiciones básicas del
Estado.
Las ayudas se sujetan a lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 2023/2831 de la Comisión,
de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.
El importe total de las ayudas de minimis concedidas por un Estado miembro a una única
empresa no excederá de 300.000 euros durante cualquier período de tres años anteriores.
Tercero. Beneficiarios.
1. P
odrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas de producción teatral, de danza,
espectáculos multidisciplinares o de música, que se encuentren establecidas en cualquier
Estado Miembro del Espacio Económico Europeo (EEE), con un periodo mínimo de un año
1990
Martes 14 de enero de 2025
tencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y el Decreto 236/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes, y con lo establecido
en el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Objeto y finalidad.
Por medio de esta resolución se efectúa la aprobación de la convocatoria de ayudas destinadas a la producción teatral, de danza, de espectáculos multidisciplinares y de música profesionales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025, para la financiación
de los gastos que generen anualmente por el montaje de las nuevas producciones. Con el fin
de apoyar a las iniciativas que surjan en el ámbito del teatro, la danza, los espectáculos multidisciplinares y la música, así como contribuir en el desarrollo económico de Extremadura,
concretamente en el sector de las artes escénicas y de la música.
Segundo. Régimen jurídico.
Las ayudas convocadas se regirán por lo previsto en el Decreto 58/2016, de 10 de mayo, por
el que aprueban las bases reguladoras de concesión de ayudas destinadas a la producción
teatral, de danza, de espectáculos multidisciplinares y de música profesionales de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 92, de 16 de mayo de 2016), lo establecido en la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
siendo igualmente de aplicación las disposiciones de carácter básico contenidas en la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás disposiciones básicas del
Estado.
Las ayudas se sujetan a lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 2023/2831 de la Comisión,
de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.
El importe total de las ayudas de minimis concedidas por un Estado miembro a una única
empresa no excederá de 300.000 euros durante cualquier período de tres años anteriores.
Tercero. Beneficiarios.
1. P
odrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas de producción teatral, de danza,
espectáculos multidisciplinares o de música, que se encuentren establecidas en cualquier
Estado Miembro del Espacio Económico Europeo (EEE), con un periodo mínimo de un año