Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060011)
Resolución de 7 de enero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Encomienda de Gestión entre la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Cáceres, para la realización de actividades de carácter material y técnico a través de las Oficinas Técnicas Comarcales de Vivienda.
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NÚMERO 7
Lunes 13 de enero de 2025
1806
b. R
ecepción y registro de toda solicitud, escrito, comunicación o documentación que sea
dirigida a la Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana de la
Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, colaborando en la asistencia a la
ciudadanía para la presentación de solicitudes y escritos, y para la aportación de la documentación exigida en los procedimientos administrativos tramitados por la Secretaría
General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana.
4. L
a Diputación Provincial de Cáceres y las Oficinas Técnicas Comarcales de Vivienda tendrán la condición de encargado del tratamiento de los datos de carácter personal a los que
pudiera tener acceso en ejecución de la encomienda de gestión, siéndole de aplicación lo
dispuesto en la normativa de protección de datos de carácter personal.
Cuarta. Obligaciones de la Diputación Provincial de Cáceres.
1. L
a Diputación Provincial asume el cumplimiento de las siguientes obligaciones:
a. Remitir a la Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana, a través del Servicio de Gestión de Ayudas, una relación del personal adscrito a la realización
de las actividades de carácter material y técnico relacionadas en la estipulación tercera.
El personal que la Diputación Provincial asigne directa o indirectamente a la realización
de aquellas tareas no mantendrá ninguna relación administrativa o laboral con la Junta
de Extremadura.
b. S
ometerse a las actuaciones de comprobación que lleve a cabo la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, aportando cuanta información sea requerida en
relación con el objeto del presente convenio.
c. Expedir en las fases de concesión y de justificación, a nombre del coordinador/a de
las actuaciones materiales y técnicas objeto del convenio, designado por la Diputación
Provincial, con carácter previo a la correspondiente propuesta (de concesión o de pago,
según los casos), el informe que acredite la comprobación de que los interesados en el
procedimiento cumplen los requisitos de acceso y abono de la ayuda, conforme a los
modelos que figuran en los Anexos I y II.
2. C
orresponderá a la Diputación Provincial de Cáceres:
a. Formular propuestas y sugerencias, así como elevar consultas a la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, sometiéndose a los criterios interpretativos y de
coordinación adoptados por ésta.
Lunes 13 de enero de 2025
1806
b. R
ecepción y registro de toda solicitud, escrito, comunicación o documentación que sea
dirigida a la Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana de la
Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, colaborando en la asistencia a la
ciudadanía para la presentación de solicitudes y escritos, y para la aportación de la documentación exigida en los procedimientos administrativos tramitados por la Secretaría
General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana.
4. L
a Diputación Provincial de Cáceres y las Oficinas Técnicas Comarcales de Vivienda tendrán la condición de encargado del tratamiento de los datos de carácter personal a los que
pudiera tener acceso en ejecución de la encomienda de gestión, siéndole de aplicación lo
dispuesto en la normativa de protección de datos de carácter personal.
Cuarta. Obligaciones de la Diputación Provincial de Cáceres.
1. L
a Diputación Provincial asume el cumplimiento de las siguientes obligaciones:
a. Remitir a la Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana, a través del Servicio de Gestión de Ayudas, una relación del personal adscrito a la realización
de las actividades de carácter material y técnico relacionadas en la estipulación tercera.
El personal que la Diputación Provincial asigne directa o indirectamente a la realización
de aquellas tareas no mantendrá ninguna relación administrativa o laboral con la Junta
de Extremadura.
b. S
ometerse a las actuaciones de comprobación que lleve a cabo la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, aportando cuanta información sea requerida en
relación con el objeto del presente convenio.
c. Expedir en las fases de concesión y de justificación, a nombre del coordinador/a de
las actuaciones materiales y técnicas objeto del convenio, designado por la Diputación
Provincial, con carácter previo a la correspondiente propuesta (de concesión o de pago,
según los casos), el informe que acredite la comprobación de que los interesados en el
procedimiento cumplen los requisitos de acceso y abono de la ayuda, conforme a los
modelos que figuran en los Anexos I y II.
2. C
orresponderá a la Diputación Provincial de Cáceres:
a. Formular propuestas y sugerencias, así como elevar consultas a la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, sometiéndose a los criterios interpretativos y de
coordinación adoptados por ésta.