Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Artesanía. Ayudas. (2024063950)
Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para la mejora de la competitividad del sector artesano de Extremadura para el ejercicio 2025.
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NÚMERO 7
1845
Lunes 13 de enero de 2025
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. La competencia para dictar la presente resolución, corresponde a la persona titular
de la Secretaría General de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, en
razón de las competencias atribuidas, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 23.1 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura al establecer que el procedimiento para la concesión de subvenciones se inicia siempre de oficio,
mediante convocatoria aprobada por resolución del titular de la secretaria general competente.
Segundo. Según lo previsto en el artículo 3 del citado decreto, el procedimiento de concesión
de las ayudas se realizará en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria
periódica. De conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, serán órganos competentes para conceder las subvenciones los Secretarios Generales de las Consejerías de la
Junta de Extremadura, no obstante esa competencia ha sido delegada en la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio mediante Resolución de 10 de agosto de 2023 (DOE
núm.157, de 16 de agosto), de la Secretaría General, por la que se delegan competencias en
materias de subvenciones.
Tercero. Esta convocatoria deberá ser publicada en el Diario Oficial de Extremadura y en el
Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como también en el
Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura conforme a lo dispuesto en la normativa
vigente en la materia, y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Por todo lo anteriormente expuesto y en base a la propuesta emitida por el Secretario General
de Economía, Empresa y Comercio de fecha 18 de noviembre de 2024, para efectuar la convocatoria correspondiente al ejercicio 2025 de este tipo de ayudas,
RESUELVO:
Primero. Objeto.
La presente resolución tiene por objeto realizar la convocatoria para el ejercicio de 2025, de
las ayudas para la mejora de la competitividad del sector artesano de Extremadura.
Las bases reguladoras de dichas ayudas se establecen en el Decreto 164/2022, de 30 de
diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la mejora de
la competitividad del sector artesano de Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria
correspondiente al ejercicio 2023 (DOE núm. 10, de 16 de enero de 2023).
1845
Lunes 13 de enero de 2025
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. La competencia para dictar la presente resolución, corresponde a la persona titular
de la Secretaría General de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, en
razón de las competencias atribuidas, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 23.1 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura al establecer que el procedimiento para la concesión de subvenciones se inicia siempre de oficio,
mediante convocatoria aprobada por resolución del titular de la secretaria general competente.
Segundo. Según lo previsto en el artículo 3 del citado decreto, el procedimiento de concesión
de las ayudas se realizará en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria
periódica. De conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, serán órganos competentes para conceder las subvenciones los Secretarios Generales de las Consejerías de la
Junta de Extremadura, no obstante esa competencia ha sido delegada en la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio mediante Resolución de 10 de agosto de 2023 (DOE
núm.157, de 16 de agosto), de la Secretaría General, por la que se delegan competencias en
materias de subvenciones.
Tercero. Esta convocatoria deberá ser publicada en el Diario Oficial de Extremadura y en el
Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como también en el
Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura conforme a lo dispuesto en la normativa
vigente en la materia, y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Por todo lo anteriormente expuesto y en base a la propuesta emitida por el Secretario General
de Economía, Empresa y Comercio de fecha 18 de noviembre de 2024, para efectuar la convocatoria correspondiente al ejercicio 2025 de este tipo de ayudas,
RESUELVO:
Primero. Objeto.
La presente resolución tiene por objeto realizar la convocatoria para el ejercicio de 2025, de
las ayudas para la mejora de la competitividad del sector artesano de Extremadura.
Las bases reguladoras de dichas ayudas se establecen en el Decreto 164/2022, de 30 de
diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la mejora de
la competitividad del sector artesano de Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria
correspondiente al ejercicio 2023 (DOE núm. 10, de 16 de enero de 2023).