Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Teatro. Ayudas. (2024040264)
Decreto 152/2024, de 12 de diciembre, por el que se regula la Red de teatros y otros espacios escénicos de Extremadura, se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a la programación de artes escénicas y de música y se aprueba la primera convocatoria.
65 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 7
Lunes 13 de enero de 2025

1572

SECCIÓN 2.ª ADHESIÓN Y BAJA DE LOS MUNICIPIOS A LA RED DE TEATROS Y
OTROS ESPACIOS ESCÉNICOS DE EXTREMADURA
Artículo 6. Adhesiones a la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura.
Podrán adherirse a la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura todos los
municipios de Extremadura que dispongan de espacios escénicos, en propiedad, en alquiler o
cedidos en uso y que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 9 del presente decreto.
Artículo 7. Solicitudes y plazo de presentación.
1. Las solicitudes para formar parte de la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura podrán ser presentadas de la siguiente forma:
a) Las solicitudes debidamente cumplimentadas y firmadas con el certificado digital de la
persona que ostente la representación legal de la entidad, se dirigirán al titular del órgano directivo competente en materia de promoción cultural de la Consejería que ostente
las competencias en materia de cultura de la Junta de Extremadura y se formalizarán
en el impreso o modelo oficial que figura como anexo I al presente decreto, que estará
a disposición de las personas o entidades interesadas en el punto de acceso general
electrónico de los servicios y trámites, en el siguiente enlace
https://www.juntaex.es/w/5862 .
b) Las solicitudes, junto con el resto de documentación requerida, deberán ser presentadas de modo telemático.
La tramitación de las solitudes, así como el acceso a la totalidad de la información sobre
el procedimiento, se efectuará a través del punto de acceso general electrónico
https://www.juntaex.es/w/5862 , dentro de la ficha correspondiente al trámite.
Las entidades interesadas deberán disponer para la autenticación y para la firma electrónica, de DNI electrónico o de certificado electrónico en vigor y, si no dispone de ellos,
podrán ser obtenidos en las direcciones electrónicas siguientes:
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009 y
http://www.cert.fnmt.es/ , según lo establecido en el Decreto 255/2014 de 14 de octubre, de régimen jurídico de administración electrónica de la Junta de Extremadura
que indica, en sus artículos 34 y 35, que las personas jurídicas podrán identificarse y
autenticarse electrónicamente en la sede electrónica asociada mediante los sistemas de
identificación y autenticación basados en certificado electrónico reconocido emitido por
cualquier entidad emisora admitidos y podrán actuar electrónicamente mediante el uso
del sistema de firma electrónica reconocida basados en certificado admitido.