Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025060008)
Resolución de 27 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Modificación de características de las concesiones 16273, 2657 y 9962, consistente en la unificación de éstas y aumento de la superficie de riego en 57,99 ha, totalizando 264,48 ha de cultivos herbáceos anuales, en las fincas Hoyo de Albalá, Santa Bárbara y La Encomienda", en el término municipal de Badajoz, cuya promotora es Tierras de Santa Bárbara, SL. Expte.: IA23/1262.
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NÚMERO 5
Jueves 9 de enero de 2025
1416
Según la zonificación establecida en su Plan de Gestión, las actuaciones se proyectan en:
Zona de Alto Interés (ZAI02) “Cauce y riberas del Guadiana, Caya y Olivenza”: Área comprendida aguas abajo del azud y que abarca los sotos fluviales asociados a los ríos Guadiana, Caya y Olivenza a lo largo de todo su recorrido por la presente ZEC, con presencia de
elementos clave “hábitats ribereños”, “Unio tumidiformis” y “comunidad ictícola”.
En cuanto a los valores naturales reconocidos en los Planes de Gestión de los espacios
Natura 2000 y/o en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la
Biodiversidad son:
— Bosques galería de Salix alba y Populus alba (Código UE 92A0). Se incluyen en este
tipo de hábitat los bosques de ribera que se desarrollan en cursos medios y bajos
con caudal continuo o nivel freático elevado, aunque algunas formaciones de este
tipo de hábitat aparecen en cursos altos y de pequeña entidad con caudal continuo
o temporal. Localizados en gran parte de la ZEC, especialmente en el río Guadiana
entre el azud de la Granadilla y la desembocadura del río Caya y el río Olivenza en
todo el tramo incluido en la ZEC, creando un continuo e interesante bosque ripario.
Se localizan regularmente colonias reproductoras y dormideros de ardeidas y otras
aves coloniales.
— Sisón común (Tetrax tetrax), catalogado “En Peligro de Extinción” en el CREAEX.
— Comunidad piscícola en el río Guadiana, destacando el sábalo (Alosa alosa), el barbo
cornizo (Luciobarbus comizo), la boga del Guadiana (Pseudochosdrostoma willkommii) y la colmilleja (Cobitis paludica), todos ellos incluidos en el anexo II de la Directiva Hábitats (Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a
la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres). Además, el
sábalo, el barbo cornizo y la colmilleja son elementos clave para la catalogación del
espacio como Red Natura 2000. Este grupo faunístico es un excelente bioindicador
del estado de conservación del ecosistema fluvial.
Continúa el informe realizando un análisis y valoración ambiental de la actividad en el que
se realizan las siguientes consideraciones:
La explotación objeto de la modificación de la concesión de aguas lleva implantada
desde hace años, con los cultivos a los que se dirige el riego funcionando desde hace
tiempo. Estos cultivos se sitúan fuera de espacios de la Red Natura 2000, pero anexos
al descrito, la captación se encuentra dentro de él. Este tipo de cultivos son beneficiosos
para la presencia de sisones en la zona. La captación está implantada, se propone que
se coloque una rejilla, en caso de que no estuviera, para evitar se capte fauna vertebrada a través de ella. No se prevé que la actuación solicitada produzca efectos negativos
en los valores de la zona.
Jueves 9 de enero de 2025
1416
Según la zonificación establecida en su Plan de Gestión, las actuaciones se proyectan en:
Zona de Alto Interés (ZAI02) “Cauce y riberas del Guadiana, Caya y Olivenza”: Área comprendida aguas abajo del azud y que abarca los sotos fluviales asociados a los ríos Guadiana, Caya y Olivenza a lo largo de todo su recorrido por la presente ZEC, con presencia de
elementos clave “hábitats ribereños”, “Unio tumidiformis” y “comunidad ictícola”.
En cuanto a los valores naturales reconocidos en los Planes de Gestión de los espacios
Natura 2000 y/o en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la
Biodiversidad son:
— Bosques galería de Salix alba y Populus alba (Código UE 92A0). Se incluyen en este
tipo de hábitat los bosques de ribera que se desarrollan en cursos medios y bajos
con caudal continuo o nivel freático elevado, aunque algunas formaciones de este
tipo de hábitat aparecen en cursos altos y de pequeña entidad con caudal continuo
o temporal. Localizados en gran parte de la ZEC, especialmente en el río Guadiana
entre el azud de la Granadilla y la desembocadura del río Caya y el río Olivenza en
todo el tramo incluido en la ZEC, creando un continuo e interesante bosque ripario.
Se localizan regularmente colonias reproductoras y dormideros de ardeidas y otras
aves coloniales.
— Sisón común (Tetrax tetrax), catalogado “En Peligro de Extinción” en el CREAEX.
— Comunidad piscícola en el río Guadiana, destacando el sábalo (Alosa alosa), el barbo
cornizo (Luciobarbus comizo), la boga del Guadiana (Pseudochosdrostoma willkommii) y la colmilleja (Cobitis paludica), todos ellos incluidos en el anexo II de la Directiva Hábitats (Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a
la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres). Además, el
sábalo, el barbo cornizo y la colmilleja son elementos clave para la catalogación del
espacio como Red Natura 2000. Este grupo faunístico es un excelente bioindicador
del estado de conservación del ecosistema fluvial.
Continúa el informe realizando un análisis y valoración ambiental de la actividad en el que
se realizan las siguientes consideraciones:
La explotación objeto de la modificación de la concesión de aguas lleva implantada
desde hace años, con los cultivos a los que se dirige el riego funcionando desde hace
tiempo. Estos cultivos se sitúan fuera de espacios de la Red Natura 2000, pero anexos
al descrito, la captación se encuentra dentro de él. Este tipo de cultivos son beneficiosos
para la presencia de sisones en la zona. La captación está implantada, se propone que
se coloque una rejilla, en caso de que no estuviera, para evitar se capte fauna vertebrada a través de ella. No se prevé que la actuación solicitada produzca efectos negativos
en los valores de la zona.