Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025060008)
Resolución de 27 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Modificación de características de las concesiones 16273, 2657 y 9962, consistente en la unificación de éstas y aumento de la superficie de riego en 57,99 ha, totalizando 264,48 ha de cultivos herbáceos anuales, en las fincas Hoyo de Albalá, Santa Bárbara y La Encomienda", en el término municipal de Badajoz, cuya promotora es Tierras de Santa Bárbara, SL. Expte.: IA23/1262.
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NÚMERO 5
Jueves 9 de enero de 2025
1420
Por último, cabe indicar que en el informe emitido por parte de la Dirección General
de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural se indica que por parte del equipo redactor del documento ambiental no se ha recibido en esa Dirección General consulta
sobre los posibles valores patrimoniales existentes en el área de afección del proyecto y que el estudio no contiene ninguna valoración ni análisis sobre el Patrimonio
Cultural que pudiera verse afectado por la implantación. A pesar de la existencia de
varios yacimientos arqueológicos afectados por la explotación agropecuaria ya sea
directamente, su ámbito de protección o la colindancia, tal y como se ha indicado en
el apartado 2.
3.2.2. Alternativas del proyecto.
El documento ambiental plantea la Alternativa 0, o de no actuación, que consiste
en dejar la explotación con el uso actual, es decir, sin proceder a modificar las características de las Concesiones (CONC.16.273, CONC.2.657 y CONC.9.962) y por
tanto sin adecuar las mismas a las condiciones de riego de 264,48 has. de cultivos
herbáceos anuales existentes en la actualidad.
Frente a esta Alternativa 0 se definen las tres siguientes alternativas:
— Alternativa 1: Riego de las 264,48 ha a partir de captaciones de aguas subterráneas.
— Alternativa 2: Riego mixto con aguas superficiales (3 tomas en el Río Guadiana
CONC.
— 16.273, CONC. 2.657 y CONC. 9.962) y aguas subterráneas. Con aguas superficiales se procedería al riego de 197,15 ha y con aguas subterráneas al riego de
las 67,33 ha que conforman la parcela 12 del polígono 220 del término municipal
de Badajoz.
— Alternativa 3: Riego de las 264,48 ha con aguas superficiales (1 toma en el Río
Guadiana CONC. 2.657).
Por último, el documento ambiental incorpora un apartado justificando la alternativa
seleccionada, aportando un análisis de fragilidad ambiental de cada una de las anteriores alternativas, concluyéndose que la alternativa seleccionada es la alternativa 3
ya que presenta un nivel de fragilidad bajo, mientras que las alternativas 1y 2 presentan un nivel de fragilidad alto con valores de fragilidad 12 y 10 respectivamente.
La alternativa 3 es la que menor afección producirá sobre los distintos factores ambientales, en especial sobre la contaminación de la masa de agua subterránea que
conforma el acuífero 40.017 “Tierra de Barros”.
Jueves 9 de enero de 2025
1420
Por último, cabe indicar que en el informe emitido por parte de la Dirección General
de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural se indica que por parte del equipo redactor del documento ambiental no se ha recibido en esa Dirección General consulta
sobre los posibles valores patrimoniales existentes en el área de afección del proyecto y que el estudio no contiene ninguna valoración ni análisis sobre el Patrimonio
Cultural que pudiera verse afectado por la implantación. A pesar de la existencia de
varios yacimientos arqueológicos afectados por la explotación agropecuaria ya sea
directamente, su ámbito de protección o la colindancia, tal y como se ha indicado en
el apartado 2.
3.2.2. Alternativas del proyecto.
El documento ambiental plantea la Alternativa 0, o de no actuación, que consiste
en dejar la explotación con el uso actual, es decir, sin proceder a modificar las características de las Concesiones (CONC.16.273, CONC.2.657 y CONC.9.962) y por
tanto sin adecuar las mismas a las condiciones de riego de 264,48 has. de cultivos
herbáceos anuales existentes en la actualidad.
Frente a esta Alternativa 0 se definen las tres siguientes alternativas:
— Alternativa 1: Riego de las 264,48 ha a partir de captaciones de aguas subterráneas.
— Alternativa 2: Riego mixto con aguas superficiales (3 tomas en el Río Guadiana
CONC.
— 16.273, CONC. 2.657 y CONC. 9.962) y aguas subterráneas. Con aguas superficiales se procedería al riego de 197,15 ha y con aguas subterráneas al riego de
las 67,33 ha que conforman la parcela 12 del polígono 220 del término municipal
de Badajoz.
— Alternativa 3: Riego de las 264,48 ha con aguas superficiales (1 toma en el Río
Guadiana CONC. 2.657).
Por último, el documento ambiental incorpora un apartado justificando la alternativa
seleccionada, aportando un análisis de fragilidad ambiental de cada una de las anteriores alternativas, concluyéndose que la alternativa seleccionada es la alternativa 3
ya que presenta un nivel de fragilidad bajo, mientras que las alternativas 1y 2 presentan un nivel de fragilidad alto con valores de fragilidad 12 y 10 respectivamente.
La alternativa 3 es la que menor afección producirá sobre los distintos factores ambientales, en especial sobre la contaminación de la masa de agua subterránea que
conforma el acuífero 40.017 “Tierra de Barros”.