Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024064265)
Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para la instalación de destrucción de papel en las instalaciones de Aprosuba 3, promovida por Aprosuba 3 Inclusión Laboral, SL, en el término municipal de Badajoz.
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NÚMERO 4
Miércoles 8 de enero de 2025

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3. L
 a valorización de los residuos indicados en el punto anterior deberá realizarse únicamente
mediante las operaciones de valorización indicadas en cada caso y tal y como se describen
en el anexo II de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para
una economía circular. En particular la operación de valorización R12 autorizada se refiere
a las operaciones de trituración R1203 y la operación de valorización R13 se refiere a las
operaciones de almacenamiento en el ámbito de la recogida R1302.
4. L
 a capacidad máxima de gestión de residuos autorizada total es de 66 Tn anuales.
5. L
 a capacidad máxima de almacenamiento de residuos es de 68,4 Tn anuales.
Para el almacenamiento de residuos se contará con 5 contenedores de 1,8 m3 de capacidad.
6. L
 a capacidad máxima de producción de residuos, teniendo en cuenta las condiciones especiales del Centro de Empleo es de 68,4 Tn anuales. Se trabajará durante 20 horas mensuales durante 9,5 meses al año.
7. D
 eberá aplicarse un procedimiento de admisión de residuos antes de su recogida. Este procedimiento deberá permitir, al titular de la instalación, asegurar que los residuos recogidos
para su almacenamiento coinciden con los indicados en el a.1, y llevar un registro de los
residuos recogidos y gestionados.
8. M
 ientras los residuos se encuentren en la instalación industrial, el titular de ésta estará
obligado a mantenerlos en condiciones adecuadas de higiene y seguridad. En particular:
— El almacenamiento temporal de residuos no se realizará al descubierto en el exterior
de los edificios en ningún caso, y tampoco se amontonarán en lugares de paso, ni en
locales abiertos. Además, serán almacenados en contenedores que dispongan de mecanismos de cierre que garanticen su seguridad.
— Se almacenarán sobre solera impermeable.
— Los residuos no peligrosos no podrán almacenarse por un tiempo superior a dos años,
si su destino final es la valorización, o a un año, si su destino final es la eliminación.
9. E
 l titular de la instalación deberá mantener constituida una fianza por valor de 7.500 €
(siete mil quinientos euros) según lo establecido en el Real Decreto 208/2022, de 22 de
marzo, sobre las garantías financieras en materia de residuos.
La fianza podrá constituirse de cualquiera de las formas previstas en el artículo 4 del Real
Decreto 208/2022, de 22 de marzo, y el artículo 8 de la Orden de 1 de julio de 1994, por
el que se desarrolla el Decreto 25/1994, de 22 de febrero, por el que se regula el Régimen
de Tesorería y Pagos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.