Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Emigración. Ayudas. (2024064244)
Resolución de 19 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas del Programa I para facilitar el retorno a Extremadura de las personas extremeñas en el exterior y sus familias, para el ejercicio 2025.
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NÚMERO 4
Miércoles 8 de enero de 2025
III
1159
OTRAS RESOLUCIONES
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y DIÁLOGO SOCIAL
RESOLUCIÓN de 19 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la
que se convocan ayudas del Programa I para facilitar el retorno a Extremadura
de las personas extremeñas en el exterior y sus familias, para el ejercicio
2025. (2024064244)
El Decreto del Presidente 5/2020, de 18 de junio (DOE núm. 120, de 23 de junio), por el que
se establecen las bases reguladoras de las ayudas para facilitar el retorno a Extremadura de
las personas extremeñas en el exterior y sus familias, incluye en su artículo 1 su objeto, y en
el artículo 2 los Programas a financiar, entre los que se encuentra el Programa I “Ayudas para
facilitar el retorno a Extremadura de los extremeños en el exterior y sus familias”.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 5.1 del citado Decreto del Presidente:
“La convocatoria pública de estas ayudas se realizará mediante resolución de la Secretaría
General de la Presidencia de la Junta de Extremadura y se publicará junto con un extracto
de la misma en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en el Diario Oficial de Extremadura (DOE), en el Portal de Subvenciones y en el Portal de la Transparencia y de la
Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma de Extremadura”.
Por otro lado, en el artículo 7 del mismo Decreto del Presidente, se establece que:
“1. El procedimiento para la concesión de estas ayudas será el de concesión directa mediante convocatoria pública abierta, en los términos establecidos en el capítulo III del
título II de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. L
a convocatoria de la ayuda podrá realizarse mediante tramitación anticipada de conformidad con lo establecido en la normativa contable y presupuestaria que resulte de
aplicación”.
Partiendo de las premisas anteriores, la Junta de Extremadura, a través de la Consejería de
Presidencia, Interior y Diálogo Social, hace pública la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar el Programa I “Ayudas destinadas a facilitar el retorno a Extremadura de las
personas extremeñas en el exterior y sus familias”, para el ejercicio 2025.
Miércoles 8 de enero de 2025
III
1159
OTRAS RESOLUCIONES
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y DIÁLOGO SOCIAL
RESOLUCIÓN de 19 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la
que se convocan ayudas del Programa I para facilitar el retorno a Extremadura
de las personas extremeñas en el exterior y sus familias, para el ejercicio
2025. (2024064244)
El Decreto del Presidente 5/2020, de 18 de junio (DOE núm. 120, de 23 de junio), por el que
se establecen las bases reguladoras de las ayudas para facilitar el retorno a Extremadura de
las personas extremeñas en el exterior y sus familias, incluye en su artículo 1 su objeto, y en
el artículo 2 los Programas a financiar, entre los que se encuentra el Programa I “Ayudas para
facilitar el retorno a Extremadura de los extremeños en el exterior y sus familias”.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 5.1 del citado Decreto del Presidente:
“La convocatoria pública de estas ayudas se realizará mediante resolución de la Secretaría
General de la Presidencia de la Junta de Extremadura y se publicará junto con un extracto
de la misma en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en el Diario Oficial de Extremadura (DOE), en el Portal de Subvenciones y en el Portal de la Transparencia y de la
Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma de Extremadura”.
Por otro lado, en el artículo 7 del mismo Decreto del Presidente, se establece que:
“1. El procedimiento para la concesión de estas ayudas será el de concesión directa mediante convocatoria pública abierta, en los términos establecidos en el capítulo III del
título II de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. L
a convocatoria de la ayuda podrá realizarse mediante tramitación anticipada de conformidad con lo establecido en la normativa contable y presupuestaria que resulte de
aplicación”.
Partiendo de las premisas anteriores, la Junta de Extremadura, a través de la Consejería de
Presidencia, Interior y Diálogo Social, hace pública la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar el Programa I “Ayudas destinadas a facilitar el retorno a Extremadura de las
personas extremeñas en el exterior y sus familias”, para el ejercicio 2025.