Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Transformación Digital. Subvenciones. (2024040250)
Decreto 144/2024, de 19 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a impulsar la digitalización de las pymes en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 4
Miércoles 8 de enero de 2025
1074
b. La cuantía máxima de subvención para este servicio será de 5.000 €.
8. S
istema de facturación electrónica.
a. A efectos del presente decreto, se entiende por un sistema de facturación electrónica
a un software que permita la gestión de facturas electrónicas. Las características que
debe cumplir el sistema deben ser:
— Generación: Debe permitir la generación de facturas electrónicas.
— Personalización: Debe tener la capacidad de personalizar el diseño y formato de las
facturas según las necesidades de la empresa.
— Almacenamiento: Debe ofrecer un sistema seguro para almacenar todas las facturas
generadas, asegurando la integridad y confidencialidad de la información.
— Seguimiento de Pagos: Debe ofrecer mecanismos para hacer el seguimiento de los
pagos.
— Cumplimiento Legal y Normativo tanto en lo referido a la propia gestión de las factu
ras como en los aspectos de seguridad y confidencialidad de los datos.
b. La cuantía máxima de subvención para este servicio será de 5.000 €.
9. P
lataforma de gestión comercial entre empresas (B2B).
a. A efectos del presente decreto, se entiende por plataforma de gestión comercial entre
empresas Bussines to Bussines o B2B a un sistema software diseñado específicamente
para facilitar la realización de transacciones comerciales entre empresas. En lugar de
centrarse en las transacciones entre empresas y consumidores finales, las plataformas
B2B están orientadas a las relaciones comerciales entre empresas. Estas plataformas
proporcionan un espacio virtual donde las empresas pueden simplificar y agilizar el co
mercio y mejorar su eficiencia y rentabilidad.
b. La cuantía máxima de subvención para este servicio será de 5.000 €.
10. S
eguridad informática.
a. En este servicio se contemplan las actuaciones llevadas a cabo por la empresa para la
mejora de la seguridad informática de sus sistemas. Dentro de estas actuaciones pue
den estar:
— Realización de una auditoría de la seguridad informática de la empresa.
Miércoles 8 de enero de 2025
1074
b. La cuantía máxima de subvención para este servicio será de 5.000 €.
8. S
istema de facturación electrónica.
a. A efectos del presente decreto, se entiende por un sistema de facturación electrónica
a un software que permita la gestión de facturas electrónicas. Las características que
debe cumplir el sistema deben ser:
— Generación: Debe permitir la generación de facturas electrónicas.
— Personalización: Debe tener la capacidad de personalizar el diseño y formato de las
facturas según las necesidades de la empresa.
— Almacenamiento: Debe ofrecer un sistema seguro para almacenar todas las facturas
generadas, asegurando la integridad y confidencialidad de la información.
— Seguimiento de Pagos: Debe ofrecer mecanismos para hacer el seguimiento de los
pagos.
— Cumplimiento Legal y Normativo tanto en lo referido a la propia gestión de las factu
ras como en los aspectos de seguridad y confidencialidad de los datos.
b. La cuantía máxima de subvención para este servicio será de 5.000 €.
9. P
lataforma de gestión comercial entre empresas (B2B).
a. A efectos del presente decreto, se entiende por plataforma de gestión comercial entre
empresas Bussines to Bussines o B2B a un sistema software diseñado específicamente
para facilitar la realización de transacciones comerciales entre empresas. En lugar de
centrarse en las transacciones entre empresas y consumidores finales, las plataformas
B2B están orientadas a las relaciones comerciales entre empresas. Estas plataformas
proporcionan un espacio virtual donde las empresas pueden simplificar y agilizar el co
mercio y mejorar su eficiencia y rentabilidad.
b. La cuantía máxima de subvención para este servicio será de 5.000 €.
10. S
eguridad informática.
a. En este servicio se contemplan las actuaciones llevadas a cabo por la empresa para la
mejora de la seguridad informática de sus sistemas. Dentro de estas actuaciones pue
den estar:
— Realización de una auditoría de la seguridad informática de la empresa.