Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Innovación Tecnológica. Ayudas. (2024064036)
Resolución de 5 de diciembre de 2024, de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación, por la que se convocan las ayudas destinadas a la financiación de proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental realizados en colaboración público-privada por empresas y agentes públicos del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Inovación, para el ejercicio de 2024.
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NÚMERO 3
Martes 7 de enero de 2025
967
4. S
e considerará gasto realizado durante la ejecución del proyecto el que haya sido facturado y pagado tras la solicitud de la subvención y antes de la finalización del plazo de su
ejecución. No obstante lo anterior, el abono de las nóminas del personal correspondientes
al último mes podrán pagarse durante el mes siguiente al de finalización del proyecto; los
pagos relativos a costes de Seguridad Social del último mes se admitirán siempre que se
abonen en período voluntario establecido en las normas de Seguridad Social y los costes
del informe de auditoría relativo a la justificación de los gastos imputados al proyecto se
admitirán siempre que el abono y en su caso la facturación, se realicen antes de que finalice el período de justificación.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, que comenzará a computarse a partir del día siguiente de la publicación de la presente convocatoria y su extracto en el Diario
Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es). Si en el mes de vencimiento no hubiera día
equivalente a aquel en que comienza el cómputo, se entenderá que el plazo expira el último
día del mes. Asimismo, si el último día del plazo es inhábil se entenderá prorrogado al primer
día hábil siguiente.
Séptimo. Forma de presentación de solicitud.
1. L
a solicitud de ayuda se dirigirá a la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, cumplimentándose el
formulario específico alojado en el portal de la sede electrónica de la Administración de la
Junta de Extremadura para este tipo de procedimiento (código CIP 0639122).
Las solicitudes se presentarán de forma telemática a través del Punto de Acceso General Electrónico (https://www.juntaex.es) dentro de la ficha correspondiente al trámite en
la siguiente dirección electrónica: https://www.juntaex.es/w/0639122. Al presentarse de
esta forma, la documentación que se requiera deberá ser digitalizada y presentada junto
a la solicitud como archivos anexos a la misma. A estos efectos los interesados deberán
disponer, para la autenticación y para la firma electrónica, de DNI electrónico o de certificado electrónico en vigor. Si no dispone de ellos, las direcciones electrónicas donde podrían
obtenerlos:
(https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009)
(http://www.cert.fnmt.es/).
2. C
on carácter previo a la presentación de la solicitud, el representante legal de la empresa
solicitante o en su caso el representante o apoderado de la misma a efectos electrónicos,
Martes 7 de enero de 2025
967
4. S
e considerará gasto realizado durante la ejecución del proyecto el que haya sido facturado y pagado tras la solicitud de la subvención y antes de la finalización del plazo de su
ejecución. No obstante lo anterior, el abono de las nóminas del personal correspondientes
al último mes podrán pagarse durante el mes siguiente al de finalización del proyecto; los
pagos relativos a costes de Seguridad Social del último mes se admitirán siempre que se
abonen en período voluntario establecido en las normas de Seguridad Social y los costes
del informe de auditoría relativo a la justificación de los gastos imputados al proyecto se
admitirán siempre que el abono y en su caso la facturación, se realicen antes de que finalice el período de justificación.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, que comenzará a computarse a partir del día siguiente de la publicación de la presente convocatoria y su extracto en el Diario
Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es). Si en el mes de vencimiento no hubiera día
equivalente a aquel en que comienza el cómputo, se entenderá que el plazo expira el último
día del mes. Asimismo, si el último día del plazo es inhábil se entenderá prorrogado al primer
día hábil siguiente.
Séptimo. Forma de presentación de solicitud.
1. L
a solicitud de ayuda se dirigirá a la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, cumplimentándose el
formulario específico alojado en el portal de la sede electrónica de la Administración de la
Junta de Extremadura para este tipo de procedimiento (código CIP 0639122).
Las solicitudes se presentarán de forma telemática a través del Punto de Acceso General Electrónico (https://www.juntaex.es) dentro de la ficha correspondiente al trámite en
la siguiente dirección electrónica: https://www.juntaex.es/w/0639122. Al presentarse de
esta forma, la documentación que se requiera deberá ser digitalizada y presentada junto
a la solicitud como archivos anexos a la misma. A estos efectos los interesados deberán
disponer, para la autenticación y para la firma electrónica, de DNI electrónico o de certificado electrónico en vigor. Si no dispone de ellos, las direcciones electrónicas donde podrían
obtenerlos:
(https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009)
(http://www.cert.fnmt.es/).
2. C
on carácter previo a la presentación de la solicitud, el representante legal de la empresa
solicitante o en su caso el representante o apoderado de la misma a efectos electrónicos,