Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Servicios Sociales. Subvenciones. (2024064182)
Resolución de 18 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades privadas sin fin de lucro, para el desarrollo de proyectos de atención a personas con trastorno mental grave o enfermedad mental grave, financiadas con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el año 2025.
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NÚMERO 3
Martes 7 de enero de 2025
870
— Objetivos: deberán ser acordes con las actuaciones del programa. Descripción de
los objetivos específicos.
— Procedimiento de intervención: modelo teórico y metodología.
— Procedimiento de intervención: actividades e instrumentos de evaluación.
— Recursos personales destinados al desarrollo del programa.
— Recursos materiales destinados al desarrollo del programa.
— Personas destinatarias y perfil: n.º de personas beneficiarias y necesidades específicas de intervención.
— Descripción de la participación de las personas usuarias en actividades en la comunidad.
— Descripción de la coordinación con recursos comunitarios.
— Seguimiento de las personas usuarias: descripción de las herramientas de seguimiento de la evolución de las personas usuarias.
— Evaluación del proyecto: descripción de las herramientas de medición de los resultados del proyecto.
b) Continuidad del proyecto, hasta un máximo de 3 puntos:
— Si se vienen prestando y se financian por el SEPAD desde hace 5 años o más: 3
puntos.
— Si se vienen prestando y se financian por el SEPAD desde hace 1 a 4 años:
1 punto.
c) No existen proyectos destinados a la misma finalidad en su localidad, con cargo a la
misma línea de financiación: 2 puntos.
Para pasar a la segunda fase es necesario obtener un mínimo de 6 puntos en la primera
fase.
2.ª Fase de Valoración. Los proyectos que hayan obtenido la puntuación mínima exigida
para la primera fase de valoración pasarán a una segunda fase, en la que serán valorados conforme al número de personas usuarias atendidas, hasta un máximo de 4 puntos
que se sumarían a la puntuación obtenida en la fase anterior:
Martes 7 de enero de 2025
870
— Objetivos: deberán ser acordes con las actuaciones del programa. Descripción de
los objetivos específicos.
— Procedimiento de intervención: modelo teórico y metodología.
— Procedimiento de intervención: actividades e instrumentos de evaluación.
— Recursos personales destinados al desarrollo del programa.
— Recursos materiales destinados al desarrollo del programa.
— Personas destinatarias y perfil: n.º de personas beneficiarias y necesidades específicas de intervención.
— Descripción de la participación de las personas usuarias en actividades en la comunidad.
— Descripción de la coordinación con recursos comunitarios.
— Seguimiento de las personas usuarias: descripción de las herramientas de seguimiento de la evolución de las personas usuarias.
— Evaluación del proyecto: descripción de las herramientas de medición de los resultados del proyecto.
b) Continuidad del proyecto, hasta un máximo de 3 puntos:
— Si se vienen prestando y se financian por el SEPAD desde hace 5 años o más: 3
puntos.
— Si se vienen prestando y se financian por el SEPAD desde hace 1 a 4 años:
1 punto.
c) No existen proyectos destinados a la misma finalidad en su localidad, con cargo a la
misma línea de financiación: 2 puntos.
Para pasar a la segunda fase es necesario obtener un mínimo de 6 puntos en la primera
fase.
2.ª Fase de Valoración. Los proyectos que hayan obtenido la puntuación mínima exigida
para la primera fase de valoración pasarán a una segunda fase, en la que serán valorados conforme al número de personas usuarias atendidas, hasta un máximo de 4 puntos
que se sumarían a la puntuación obtenida en la fase anterior: