Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Vivienda. Subvenciones. (2024040277)
Decreto 165/2024, de 17 de diciembre, por el que se aprueban las bases reguladoras de la ayuda "Bono Alquiler Joven" y de determinadas subvenciones contempladas en el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, y se aprueba la primera convocatoria de diversos programas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
163 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 3
Martes 7 de enero de 2025
581
presente artículo y que figuren como solicitantes de la ayuda en el modelo normalizado de
solicitud.
Artículo 18. Solicitud de la ayuda y documentación.
1. La solicitud de la ayuda deberá presentarse de conformidad con lo establecido en los artículos 7 y 8, y se dirigirá al órgano directivo competente en materia de vivienda, ajustándose
al modelo normalizado que estará disponible en el punto de acceso general electrónico de
los servicios y trámites que señale la convocatoria y su extracto.
De acuerdo con la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura, se acreditarán mediante declaración responsable en el modelo
normalizado de solicitud, sin perjuicio de su eventual comprobación de conformidad con el
artículo 13:
1º. El cumplimiento del requisito contemplado en el artículo 6.1 b) y que hace referencia
a las circunstancias del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
2º. El cumplimiento del requisito de destino de la vivienda objeto de la ayuda, que se encuentra regulado en el artículo 17.1 e).
3º. El cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 17.2, sin perjuicio de la aportación adicional de la certificación catastral referida en el apartado 3.c).
4º. El cumplimiento del requisito de ingresos anuales máximos señalado en el artículo 17.1
d), sin perjuicio de la aportación adicional de la información acreditativa referida en el
apartado 4.a).
2. Las personas interesadas deberán aportar, junto con el modelo normalizado de solicitud, la
documentación que, seguidamente, se relaciona:
a) Copia completa del contrato o precontrato de arrendamiento, o de cesión de uso de la
vivienda o habitación, que se encuentre vigente a la fecha de la solicitud, que deberá
respetar el siguiente contenido mínimo:
1º. Identificación de las partes contratantes.
2º. Localización e identificación de la vivienda o habitación.
3º. Duración del contrato vigente, o del que se formalice de conformidad con el precontrato: fecha en que ha producido, o producirá efectos, y fecha de vencimiento.
Martes 7 de enero de 2025
581
presente artículo y que figuren como solicitantes de la ayuda en el modelo normalizado de
solicitud.
Artículo 18. Solicitud de la ayuda y documentación.
1. La solicitud de la ayuda deberá presentarse de conformidad con lo establecido en los artículos 7 y 8, y se dirigirá al órgano directivo competente en materia de vivienda, ajustándose
al modelo normalizado que estará disponible en el punto de acceso general electrónico de
los servicios y trámites que señale la convocatoria y su extracto.
De acuerdo con la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura, se acreditarán mediante declaración responsable en el modelo
normalizado de solicitud, sin perjuicio de su eventual comprobación de conformidad con el
artículo 13:
1º. El cumplimiento del requisito contemplado en el artículo 6.1 b) y que hace referencia
a las circunstancias del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
2º. El cumplimiento del requisito de destino de la vivienda objeto de la ayuda, que se encuentra regulado en el artículo 17.1 e).
3º. El cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 17.2, sin perjuicio de la aportación adicional de la certificación catastral referida en el apartado 3.c).
4º. El cumplimiento del requisito de ingresos anuales máximos señalado en el artículo 17.1
d), sin perjuicio de la aportación adicional de la información acreditativa referida en el
apartado 4.a).
2. Las personas interesadas deberán aportar, junto con el modelo normalizado de solicitud, la
documentación que, seguidamente, se relaciona:
a) Copia completa del contrato o precontrato de arrendamiento, o de cesión de uso de la
vivienda o habitación, que se encuentre vigente a la fecha de la solicitud, que deberá
respetar el siguiente contenido mínimo:
1º. Identificación de las partes contratantes.
2º. Localización e identificación de la vivienda o habitación.
3º. Duración del contrato vigente, o del que se formalice de conformidad con el precontrato: fecha en que ha producido, o producirá efectos, y fecha de vencimiento.