Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Acuerdos Colectivos. (2024064219)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena el depósito en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Acuerdo por el que se regulan las relaciones de trabajo entre el personal funcionario y el Excmo. Ayuntamiento de Madroñera (Cáceres) y la Corporación Municipal.
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NÚMERO 2
Viernes 3 de enero de 2025

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f) Puntuación mínima exigida, en su caso, para la adjudicación de las vacantes ofertadas.
4. P
 odrán participar en los concursos de provisión el personal fijo de esta Corporación, excepto quienes estén suspenso en virtud de acuerdo o sentencias firmes, que no podrán participar en los mismos hasta el cumplimiento de la sanción, siempre hayan prestado con carácter definitivo un mínimo de dos años servicios a contar desde el nombramiento. Asimismo,
podrá participar personal de otras administraciones públicas, siempre que el puesto de
trabajo al que opten figure en la RPT con la clave OAP (Otras Administraciones Públicas).
5. Aquellos puestos de trabajo incluidos en la RPT y que vayan a ser objeto de provisión serán
cubiertos por el turno de ascenso: Los puestos orgánicos ofertados, es decir aquellos que
impliquen jefatura y excluidos los puestos de libre designación, serán ofrecidos a los concursos de traslados en el que podrá participar el personal que todos los requisitos exigidos
en la relación de puestos de trabajos y con una antigüedad mínima de dos años, pudiendo
optar a uno o varios puestos por orden de preferencia.
6. Las comisiones de valoración estarán compuestas por las personas designadas para la
presidencia, secretaría y vocalías, con un número impar de miembros. Asimismo, formarán
parte de las Comisiones de Valoración una persona representante de cada una se las organizaciones sindicales con capacidad representativa, designadas por las mismas.
7. Se dará traslado a los representantes sindicales con representación en los ORT, de las resoluciones de los órganos de selección.
8. 
Permuta de destino entre personal. Previa solicitud por la persona interesada, podrán
autorizarse siempre que los puestos de trabajo en que sirvan sean de la misma categoría
profesional, así como de la misma naturaleza funcional, retribución y categoría idéntica.
Se puede ampliar a otras Administraciones y otros Centros de Trabajo (incluidos los de
otras localidades), siempre y cuando estén de acuerdo las administraciones y el personal
interesado.
Artículo 22. Comisión de servicios.
1. Mientras se produce el proceso de provisión de puestos de trabajos o cuando un puesto
de trabajo quede vacante, en casos de urgente e inaplazable necesidad, se podrán realizar por la Corporación, nombramientos de carácter voluntario, en Comisión de Servicios
mediante convocatorias publicadas en el tablón de anuncios, que deberá contener las condiciones y requisitos necesarios para el desempeño de los puestos de trabajo afectados,
la denominación, el nivel, las retribuciones complementarias y localización del puesto. Las
convocatorias serán negociadas con los órganos de representación y serán informados de
todo el proceso.