Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024064226)
Resolución de 13 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga la autorización ambiental unificada al proyecto de gestión y valorización de residuos, promovido por José Antonio Rodríguez Vivas, en el término municipal de Malpartida de Plasencia.
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NÚMERO 2
Viernes 3 de enero de 2025
300
- g - Medidas a aplicar en situaciones anormales de explotación
que puedan afectar al medio ambiente
Fugas, fallos de funcionamiento:
1. E
n caso de incumplimiento de los requisitos establecidos en la AAU, el titular de la instalación industrial deberá:
a) Comunicarlo a la DGMA en el menor tiempo posible, mediante correo electrónico o fax,
sin perjuicio de la correspondiente comunicación por vía ordinaria.
b) Adoptar las medidas necesarias para volver a la situación de cumplimiento en el plazo
más breve posible y para evitar la repetición del incidente.
En particular, en caso de desaparición, pérdida o escape de residuos, el titular de la instalación industrial deberá, además, adoptar las medidas necesarias para la recuperación y
correcta gestión del residuo. Por otra parte, en caso de evacuación de vertidos no autorizados, el titular deberá, además, comunicar este incidente al Ayuntamiento de Malpartida
de Plasencia o, si fueran a dominio público hidráulico, a Confederación Hidrográfica del
Guadalquivir.
2. E
l titular de la instalación industrial dispondrá de un plan específico de actuaciones y medidas para situaciones de emergencias por funcionamiento con posibles repercusiones en
la calidad del medio ambiente.
Paradas temporales y cierre:
3. E
n el caso de paralización definitiva de la actividad o de paralización temporal por plazo
superior a dos años, el titular de la AAU deberá entregar todos los residuos existentes en
la instalación industrial a un gestor autorizado conforme a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de
residuos y suelos contaminados para una economía circular; y dejar la instalación industrial
en condiciones adecuadas de higiene medio ambiental.
El condicionado indicado anteriormente se emite sin perjuicio del cumplimiento de cualquier
normativa que le sea de aplicación al desarrollo de la actividad.
- h - Prescripciones finales
1. S
egún el artículo 17 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la autorización ambiental unificada tendrá una vigencia
indefinida, sin perjuicio de la necesidad de obtener o renovar las diversas autorizaciones
sectoriales que sean pertinentes para el ejercicio de la actividad en los periodos establecidos en esta ley y en la normativa reguladora vigente.
Viernes 3 de enero de 2025
300
- g - Medidas a aplicar en situaciones anormales de explotación
que puedan afectar al medio ambiente
Fugas, fallos de funcionamiento:
1. E
n caso de incumplimiento de los requisitos establecidos en la AAU, el titular de la instalación industrial deberá:
a) Comunicarlo a la DGMA en el menor tiempo posible, mediante correo electrónico o fax,
sin perjuicio de la correspondiente comunicación por vía ordinaria.
b) Adoptar las medidas necesarias para volver a la situación de cumplimiento en el plazo
más breve posible y para evitar la repetición del incidente.
En particular, en caso de desaparición, pérdida o escape de residuos, el titular de la instalación industrial deberá, además, adoptar las medidas necesarias para la recuperación y
correcta gestión del residuo. Por otra parte, en caso de evacuación de vertidos no autorizados, el titular deberá, además, comunicar este incidente al Ayuntamiento de Malpartida
de Plasencia o, si fueran a dominio público hidráulico, a Confederación Hidrográfica del
Guadalquivir.
2. E
l titular de la instalación industrial dispondrá de un plan específico de actuaciones y medidas para situaciones de emergencias por funcionamiento con posibles repercusiones en
la calidad del medio ambiente.
Paradas temporales y cierre:
3. E
n el caso de paralización definitiva de la actividad o de paralización temporal por plazo
superior a dos años, el titular de la AAU deberá entregar todos los residuos existentes en
la instalación industrial a un gestor autorizado conforme a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de
residuos y suelos contaminados para una economía circular; y dejar la instalación industrial
en condiciones adecuadas de higiene medio ambiental.
El condicionado indicado anteriormente se emite sin perjuicio del cumplimiento de cualquier
normativa que le sea de aplicación al desarrollo de la actividad.
- h - Prescripciones finales
1. S
egún el artículo 17 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la autorización ambiental unificada tendrá una vigencia
indefinida, sin perjuicio de la necesidad de obtener o renovar las diversas autorizaciones
sectoriales que sean pertinentes para el ejercicio de la actividad en los periodos establecidos en esta ley y en la normativa reguladora vigente.