Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Producción Cinematográfica Y Audiovisual. Ayudas. (2024064039)
Extracto de la Resolución de la Secretaría General por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas destinadas al desarrollo de proyectos audiovisuales de la Comunidad Autónoma de Extremadura 2025.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 2
Viernes 3 de enero de 2025
464
b) No estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario
establecidas en el artículo 12.2 y 3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
c) Haber desarrollado la actividad profesional acorde a la naturaleza de la subvención de
forma ininterrumpida durante los doce meses anteriores a la fecha de publicación de la
convocatoria. (Este período se justificará mediante certificado de situación de actividad
económica).
Segundo. Objeto.
Se efectúa la aprobación de la convocatoria de concesión de ayudas a empresas de producción cinematográfica o audiovisual mediante financiación de gastos generados o que se
generen en el desarrollo de nuevos proyectos audiovisuales, entrega única (largometraje) o
series, ya sean de ficción, documental o animación, y que posteriormente puedan concretarse
en una obra audiovisual para su exhibición pública en cines, televisión o plataformas digitales.
Se considera “desarrollo del proyecto” la preparación y diseño de una producción audiovisual
centrado en las operaciones anteriores a la fase de producción propiamente dicha, con carácter previo a su rodaje. A estos efectos, podrán concurrir aquellos proyectos que tengan una
duración total no inferior a 60 minutos.
Tercero. Bases Reguladoras.
Se encuentran en la Orden de 27 de marzo de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas al desarrollo de proyectos audiovisuales de la Comunidad
Autónoma de Extremadura (DOE n.º 69, de 10 de abril de 2024).
Cuarto. Cuantía.
El importe de esta convocatoria es de ochenta mil euros (80.000 €), que se financiarán con
cargo a la aplicación presupuestaria 150020000 G/273B/77000, proyecto 20210070, fondos
CAG0000001 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para
2025.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados desde el siguiente
al de la publicación de la convocatoria y del extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Viernes 3 de enero de 2025
464
b) No estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario
establecidas en el artículo 12.2 y 3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
c) Haber desarrollado la actividad profesional acorde a la naturaleza de la subvención de
forma ininterrumpida durante los doce meses anteriores a la fecha de publicación de la
convocatoria. (Este período se justificará mediante certificado de situación de actividad
económica).
Segundo. Objeto.
Se efectúa la aprobación de la convocatoria de concesión de ayudas a empresas de producción cinematográfica o audiovisual mediante financiación de gastos generados o que se
generen en el desarrollo de nuevos proyectos audiovisuales, entrega única (largometraje) o
series, ya sean de ficción, documental o animación, y que posteriormente puedan concretarse
en una obra audiovisual para su exhibición pública en cines, televisión o plataformas digitales.
Se considera “desarrollo del proyecto” la preparación y diseño de una producción audiovisual
centrado en las operaciones anteriores a la fase de producción propiamente dicha, con carácter previo a su rodaje. A estos efectos, podrán concurrir aquellos proyectos que tengan una
duración total no inferior a 60 minutos.
Tercero. Bases Reguladoras.
Se encuentran en la Orden de 27 de marzo de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas al desarrollo de proyectos audiovisuales de la Comunidad
Autónoma de Extremadura (DOE n.º 69, de 10 de abril de 2024).
Cuarto. Cuantía.
El importe de esta convocatoria es de ochenta mil euros (80.000 €), que se financiarán con
cargo a la aplicación presupuestaria 150020000 G/273B/77000, proyecto 20210070, fondos
CAG0000001 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para
2025.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados desde el siguiente
al de la publicación de la convocatoria y del extracto en el Diario Oficial de Extremadura.