Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024064210)
Resolución de 26 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental de sometimiento a evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto de instalación solar fotovoltaica "Batalyways 4", a realizar en el término municipal de Badajoz (Badajoz). Expte.: IA23/1483.
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NÚMERO 1
Jueves 2 de enero de 2025

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básicos establecidos en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, para evaluar la afección de las especies presentes en el área de estudio y por ello determinar correctamente las medidas preventivas
y correctoras adecuadas a los impactos derivados, por ello, desde la DGS se le han
realizado varios requerimientos, poniendo de manifiesto estas carencias, a las cuales
el promotor contestó varios meses después, y además sin resolver las deficiencias de
calidad, que invalidan las conclusiones del DA presentado.
Por otro lado, según los datos obrantes en el Servicio de Conservación de la Naturaleza,
obtenidos por radioseguimiento de numerosos ejemplares de sisón, especie incluida en
el anexo I de la Directiva de Aves, y catalogado en peligro de extinción, donde se propone la implantación de la planta existen datos de presencia de sisones invernantes, lo
cual coincide parcialmente con los ligeros diagnósticos de inventario ambiental de fauna
aportados en su estudio, donde indican la presencia de avutarda o sisón, entre otra
especies, sin indicar metodología de muestreo, localización de ejemplares o registros
gps de las observaciones, por todo ello, las conclusiones del documento ambiental, al
no estar basadas en registros realizados con la debida metodología no son correctas y
la documentación no reúne los requisitos mínimos para poder evaluar la afección sobre
numerosas especies amenazadas, tanto del anexo I de la Directiva de Aves, como del
Anexo II de la Directiva de Hábitats.
Con respecto a la línea eléctrica, a pesar de que las recomendaciones previas de que
debía ser soterrada, y donde tuviera que ser aérea por causas de fuerza mayor, se le
indicó al promotor que se diseñara en bóveda, debido a que con este diseño el riesgo de
colisión es menor, al disponerse todos los conductores en el mismo plano, sin embargo,
el promotor la presenta en tresbolillo, con tres alturas de planos, el diseño con mayor
riesgo de colisión de los posibles, finalmente presenta una adenda cambiando el diseño
a bóveda sin que el proyecto técnico haya sido modificado en la tramitación sustantiva.
— Flora, vegetación y hábitats.
La principal afección es la eliminación de la vegetación de las áreas sobre las que se
actúa, en la fase de obras, debido a la instalación de las estructuras soporte, viales,
zanjas, apoyos de línea, instalaciones y edificios.
El informe emitido por el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal indica que la planta
se instala sobre una parcela carente de vegetación forestal y la documentación presentada indica que principal afección forestal se debe a la ejecución de la línea, e incluye
un anexo con información detallada de la vegetación existente en una franja de 25 m
respecto a la línea (12,5 m a cada lado del eje) y de un buffer de 2 m respecto de los
ejes de los apoyos.