Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Agrupaciones De Entidades Locales. Ayudas. (2024064196)
Resolución de 26 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se conceden ayudas destinadas al fomento de agrupaciones de entidades locales para el sostenimiento en común de un único puesto de Secretaría-Intervención, durante el ejercicio 2024.
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NÚMERO 251
Lunes 30 de diciembre de 2024
67676
Tercero. En todo lo no previsto en la presente resolución, esta subvención se regirá por lo
establecido en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura y en las disposiciones administrativas que desarrollen esta ley, en las disposiciones básicas contenidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
y su normativa de desarrollo, así como por lo establecido en el Decreto 77/1990, de 16 de
octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones, en el Decreto
3/1997, de 9 de enero, de devolución de subvenciones, y en el Decreto 50/2001, de 3 de
abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta
de Extremadura.
Vistas las solicitudes y la documentación presentadas, teniendo en cuenta los antecedentes
de hecho y fundamentos de derecho, al amparo de lo establecido en el resuelvo octavo de la
Resolución de fecha 11 de octubre, lo dispuesto en el Decreto 50/2017, de 18 de abril, y en
concordancia con lo dispuesto en los artículos 9.1 y 25 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, esta Secretaría General de la
Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social de la Junta de Extremadura,
RESUELVE:
Primero. Conceder subvenciones para el fomento de agrupaciones de entidades locales para
el sostenimiento en común de un único puesto de secretaría e intervención, convocadas por
la Resolución de 11 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se convocan
ayudas destinadas al fomento de agrupaciones de entidades locales para el sostenimiento
en común de un único puesto de secretaría- intervención durante el ejercicio 2024 , y con la
finalidad de financiar parcialmente el coste del puesto de trabajo de secretaría-intervención
de la agrupación, a las 61 entidades locales detalladas en los anexos I y II, por un importe
de ciento cincuenta mil euros (150.000,00), empezando por Mengabril (CIF: P0608200B) y
terminándolas por Mancomunidad Comarca Trujillo (CIF: P1000031C).
Segundo. Denegar subvenciones para el fomento de agrupaciones de entidades locales para
el sostenimiento en común de un único puesto de secretaría e intervención, por no reunir los
requisitos exigidos en el resuelvo tercero de la Resolución de 11 de octubre de 2024, de la
Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, a las entidades
locales de las agrupaciones solicitantes que se especifican en el anexo III, con mención de las
causas de denegación.
Tercero. De acuerdo con lo previsto en la Resolución de 11 de octubre de 2024, de la Secretaria General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, el importe total
de las ayudas a conceder por la Junta de Extremadura asciende a ciento cincuenta mil euros
(150.000 €), que representa el 50 % del importe total a financiar y a conceder en virtud del
Lunes 30 de diciembre de 2024
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Tercero. En todo lo no previsto en la presente resolución, esta subvención se regirá por lo
establecido en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura y en las disposiciones administrativas que desarrollen esta ley, en las disposiciones básicas contenidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
y su normativa de desarrollo, así como por lo establecido en el Decreto 77/1990, de 16 de
octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones, en el Decreto
3/1997, de 9 de enero, de devolución de subvenciones, y en el Decreto 50/2001, de 3 de
abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta
de Extremadura.
Vistas las solicitudes y la documentación presentadas, teniendo en cuenta los antecedentes
de hecho y fundamentos de derecho, al amparo de lo establecido en el resuelvo octavo de la
Resolución de fecha 11 de octubre, lo dispuesto en el Decreto 50/2017, de 18 de abril, y en
concordancia con lo dispuesto en los artículos 9.1 y 25 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, esta Secretaría General de la
Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social de la Junta de Extremadura,
RESUELVE:
Primero. Conceder subvenciones para el fomento de agrupaciones de entidades locales para
el sostenimiento en común de un único puesto de secretaría e intervención, convocadas por
la Resolución de 11 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se convocan
ayudas destinadas al fomento de agrupaciones de entidades locales para el sostenimiento
en común de un único puesto de secretaría- intervención durante el ejercicio 2024 , y con la
finalidad de financiar parcialmente el coste del puesto de trabajo de secretaría-intervención
de la agrupación, a las 61 entidades locales detalladas en los anexos I y II, por un importe
de ciento cincuenta mil euros (150.000,00), empezando por Mengabril (CIF: P0608200B) y
terminándolas por Mancomunidad Comarca Trujillo (CIF: P1000031C).
Segundo. Denegar subvenciones para el fomento de agrupaciones de entidades locales para
el sostenimiento en común de un único puesto de secretaría e intervención, por no reunir los
requisitos exigidos en el resuelvo tercero de la Resolución de 11 de octubre de 2024, de la
Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, a las entidades
locales de las agrupaciones solicitantes que se especifican en el anexo III, con mención de las
causas de denegación.
Tercero. De acuerdo con lo previsto en la Resolución de 11 de octubre de 2024, de la Secretaria General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, el importe total
de las ayudas a conceder por la Junta de Extremadura asciende a ciento cincuenta mil euros
(150.000 €), que representa el 50 % del importe total a financiar y a conceder en virtud del