Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación De Adultos. (2024064152)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional y de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca la celebración de pruebas libres que permitan la obtención directa del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para personas mayores de dieciocho años en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso académico 2024/2025.
43 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 250
Viernes 27 de diciembre de 2024

67530

dirección electrónica de la Junta de Extremadura, https://tramites.juntaex.es/ , junto con la
documentación que deba acompañarse, y a través del procedimiento telemático habilitado al
efecto en la misma, y se cumplimentará utilizando dicha herramienta informática según las
instrucciones establecidas.
Los interesados deberán disponer, para la autenticación y para la firma electrónica, de DNI
electrónico o de certificado electrónico en vigor y, si no disponen de ellos, las direcciones
electrónicas donde se dan las instrucciones para ello y podrán obtenerlos son las siguientes:
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009 y http://www.cert.fnmt.es .

La gestión y operativa de tramitación electrónica se ajustará en todo caso a lo establecido
en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y en el Reglamento General de Protección de Datos 2016/679
(UE) de 27 de abril de 2016.
Las personas interesadas que no estén obligadas a relacionarse electrónicamente con la
Administraciones públicas podrán decidir y comunicar en cualquier momento a la consejería con competencias en materia de educación que las comunicaciones se practiquen o dejen de practicar por medios electrónicos, en el caso de que decidan recibir comunicaciones
por esa vía.
Quinto. Documentación acreditativa.
1. La solicitud de inscripción se debe acompañar de la documentación acreditativa de las
diferentes circunstancias, para cada caso. Conforme a lo establecido en los artículos 28 y
53.1d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, así como en el artículo 25 de la Ley 4/2022,
de 27 de julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura (DOE
núm. 145, de 29 de julio de 2022), y salvo que conste oposición expresa manifestada por
el interesado en la misma, el órgano gestor, siempre que sea posible, recabará de oficio la
siguiente documentación:
a) Acreditación de la identidad del solicitante. La administración competente de la tramitación de este procedimiento, que implica el tratamiento de datos personales, tiene
la autoridad para verificar los datos personales proporcionados por el interesado en la
solicitud, conforme la disposición adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantías de los derechos digitales (BOE
núm. 294, de 6 de diciembre de 2018).
b) Acreditación del expediente académico. En caso de no estar disponible esta información
en el sistema de Gestión de la Plataforma Educativa Rayuela, deberá aportar: