Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Procesos Selectivos. (2024050223)
Orden de 23 de diciembre de 2024 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso de personas con discapacidad intelectual a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Subalterno, Especialidad Subalterno, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 250
Viernes 27 de diciembre de 2024
67234
sólo serán llamados para cubrir temporalmente las vacantes que surjan dentro del ámbito
territorial de cada zona que expresamente se haya elegido. De no señalar ninguna zona se
entenderá que desean figurar en todas ellas.
Una vez publicada la resolución por la que se constituyen las listas de espera se podrá
atender la solicitud de modificación de zonas, siempre que la misma consista en reducción
del número de zonas inicialmente cumplimentadas en la instancia.
En el supuesto de que no se quiera formar parte de la Lista de Espera se cumplimentará la
casilla correspondiente de “renuncia” que figura en el modelo de solicitud.
El domicilio que figure en la solicitud se considerará el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva del/la aspirante tanto los errores en su consignación
como la falta de comunicación al órgano convocante de cualquier cambio del mismo o de
los datos de contacto consignados en la misma a los efectos de lo dispuesto en la base
duodécima de la presente orden.
5. Las personas aspirantes quedan exentos del pago de la tasa por derechos de examen,
debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tener un grado reconocido de
discapacidad igual o superior al 33 % o en su caso la declaración responsable, conforme
al apartado 3.
Cuarta. Admisión de personas aspirantes.
1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, por la Dirección General de Función Pública se dictará resolución en el plazo máximo de dos meses, declarando aprobada la lista
provisional de personas admitidas y excluidas. En dicha resolución, que deberá publicarse
en el Diario Oficial de Extremadura, se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al público las referidas listas de personas aspirantes admitidas y excluidas, señalando
un plazo de 10 días hábiles para subsanación de defectos y reclamaciones. Asimismo,
aquellas personas aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos
personales podrán manifestarlo en el mismo plazo.
Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen el defecto que motivó
la exclusión o no presenten reclamación justificando su derecho a ser incluidas en la relación de admitidas, serán definitivamente excluidas de la realización de las pruebas.
2. E
n el término de 15 días hábiles desde que finalice el plazo de subsanación de errores y
reclamaciones se publicará en el Diario Oficial de Extremadura la resolución por la que se
aprueben las listas definitivas de personas admitidas y excluidas. Esta resolución indicará los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas definitivas. Las listas,
Viernes 27 de diciembre de 2024
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sólo serán llamados para cubrir temporalmente las vacantes que surjan dentro del ámbito
territorial de cada zona que expresamente se haya elegido. De no señalar ninguna zona se
entenderá que desean figurar en todas ellas.
Una vez publicada la resolución por la que se constituyen las listas de espera se podrá
atender la solicitud de modificación de zonas, siempre que la misma consista en reducción
del número de zonas inicialmente cumplimentadas en la instancia.
En el supuesto de que no se quiera formar parte de la Lista de Espera se cumplimentará la
casilla correspondiente de “renuncia” que figura en el modelo de solicitud.
El domicilio que figure en la solicitud se considerará el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva del/la aspirante tanto los errores en su consignación
como la falta de comunicación al órgano convocante de cualquier cambio del mismo o de
los datos de contacto consignados en la misma a los efectos de lo dispuesto en la base
duodécima de la presente orden.
5. Las personas aspirantes quedan exentos del pago de la tasa por derechos de examen,
debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tener un grado reconocido de
discapacidad igual o superior al 33 % o en su caso la declaración responsable, conforme
al apartado 3.
Cuarta. Admisión de personas aspirantes.
1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, por la Dirección General de Función Pública se dictará resolución en el plazo máximo de dos meses, declarando aprobada la lista
provisional de personas admitidas y excluidas. En dicha resolución, que deberá publicarse
en el Diario Oficial de Extremadura, se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al público las referidas listas de personas aspirantes admitidas y excluidas, señalando
un plazo de 10 días hábiles para subsanación de defectos y reclamaciones. Asimismo,
aquellas personas aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos
personales podrán manifestarlo en el mismo plazo.
Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen el defecto que motivó
la exclusión o no presenten reclamación justificando su derecho a ser incluidas en la relación de admitidas, serán definitivamente excluidas de la realización de las pruebas.
2. E
n el término de 15 días hábiles desde que finalice el plazo de subsanación de errores y
reclamaciones se publicará en el Diario Oficial de Extremadura la resolución por la que se
aprueben las listas definitivas de personas admitidas y excluidas. Esta resolución indicará los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas definitivas. Las listas,