Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Valoraciones Fiscales. (2024050206)
Orden de 19 de diciembre de 2024 por la que se aprueban los precios medios en el mercado para estimar el valor de las edificaciones situadas en suelo de naturaleza rústica, radicadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura, a efectos de la liquidación de los hechos imponibles de los impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre Sucesiones y Donaciones, que se devenguen en el año 2025, se establecen las reglas para su aplicación y se publica la metodología para su obtención.
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NÚMERO 250

66766

Viernes 27 de diciembre de 2024

Este coeficiente hace referencia al nivel medio de equipamientos, acabados e instalaciones de las construcciones. Se considera el nivel de calidad en el medio rural para
todas las tipologías de la edificación debido a que son edificaciones radicadas en suelo
de naturaleza rústica.
Nivel de calidad en el medio rural = 0,95.
b) Coeficiente corrector en función del uso y la tipología de la edificación (UT).
Este coeficiente hace referencia al uso y tipología de la edificación de las construcciones.
Se consideran los siguientes coeficientes en función del uso y tipología de la edificación
para cada tipología de la edificación:

Tipología de la edificación

Tipología COADE

UT

Vivienda colectiva (piso)

edificio plurifamiliar entre medianeras.

0,90

Vivienda unifamiliar

unifamiliar en hilera (3 ó más viviendas).

1,00

Vivienda unifamiliar aislada

unifamiliar aislada y pareada.

1,40

Vivienda rural

unifamiliar en hilera (3 ó más viviendas).

0,70 (1)

Oficina

edificio plurifamiliar entre medianeras.

0,90

Local en bruto

Almacenes y locales en otras plantas distintas a la
baja, (en bruto).

0,70

Local comercial en bruto

en planta baja de edificios de viviendas, (en bruto).

0,50

Local comercial

local comercial acondicionado sin uso.

1,00

Aparcamiento

en planta baja de edificios de viviendas.

0,55

Almacén

en planta baja de edificios de viviendas.

0,55

Almacén rural

en planta baja de edificios de viviendas.

0,35 (2)

Nave en bruto

naves sencillas en bruto y sin instalaciones.

0,50

Nave en bruto adosada

naves sencillas en bruto y sin instalaciones.

0,35 (3)