Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Valoraciones Fiscales. (2024050206)
Orden de 19 de diciembre de 2024 por la que se aprueban los precios medios en el mercado para estimar el valor de las edificaciones situadas en suelo de naturaleza rústica, radicadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura, a efectos de la liquidación de los hechos imponibles de los impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre Sucesiones y Donaciones, que se devenguen en el año 2025, se establecen las reglas para su aplicación y se publica la metodología para su obtención.
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NÚMERO 250
Viernes 27 de diciembre de 2024

66761

Artículo 3. Reglas para la aplicación de los precios medios y efectos.
1. L
 a estimación del valor de las edificaciones situadas en suelo de naturaleza rústica se obtendrá multiplicando los precios medios a que hace referencia el artículo anterior por la
superficie construida del bien inmueble, y por el coeficiente en función de la calidad real de
la edificación, cuyas tipologías de la edificación sean las siguientes:
a) Vivienda colectiva (piso).
b) Vivienda unifamiliar.
c) Vivienda unifamiliar aislada.
d) Vivienda rural.
e) O
 ficina.
f) Local comercial en bruto.
g) Local comercial.
h) L
 ocal en bruto.
i) Aparcamiento.
j) Almacén.
k) Almacén rural.
l) Nave en bruto.
m) Nave en bruto adosada.
n) N
 ave industrial.
o) Nave industrial adosada.
p) Nave agraria.
q) Nave ganadera.
r) E
 dificación comercial.
s) Edificación oficinas.