Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Valoraciones Fiscales. (2024050205)
Orden de 19 de diciembre de 2024 por la que se aprueban los precios medios en el mercado para estimar el valor de coste de la obra nueva de determinados bienes inmuebles, radicados en la Comunidad Autónoma de Extremadura, a efectos de la liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados para los hechos imponibles que se devenguen en el año 2025, se establecen las reglas para su aplicación y se publica la metodología para su obtención.
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NÚMERO 250
Viernes 27 de diciembre de 2024
66470
Asimismo, tiene por objeto publicar la metodología empleada para su obtención, que figura en
el anexo I de la presente orden.
Artículo 2. Precios medios en el mercado.
Se aprueban los precios medios en el mercado, expresados en euros por metro cuadrado
construido, para estimar el valor de coste de la obra nueva de determinados bienes inmuebles radicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a efectos de la
liquidación de los hechos imponibles del impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos
Jurídicos Documentados que se devenguen en el año 2025. Dichos precios medios figuran en
el anexo II de la presente orden.
Artículo 3. Reglas para la aplicación de los precios medios y efectos.
1. L
a estimación del valor de coste de la obra nueva para bienes inmuebles se obtendrá multiplicando los precios medios a que hace referencia el artículo anterior por la superficie construida del bien inmueble, y por el coeficiente en función de la calidad real de la edificación,
cuyas tipologías de la edificación sean las siguientes:
a) Vivienda colectiva (piso).
b) Vivienda unifamiliar.
c) Vivienda unifamiliar aislada.
d) Vivienda rural.
e) O
ficina.
f) Local comercial en bruto.
g) Local comercial.
h) L
ocal en bruto.
i) Aparcamiento.
j) Almacén.
k) Almacén rural.
l) Nave en bruto.
m) Nave en bruto adosada.
Viernes 27 de diciembre de 2024
66470
Asimismo, tiene por objeto publicar la metodología empleada para su obtención, que figura en
el anexo I de la presente orden.
Artículo 2. Precios medios en el mercado.
Se aprueban los precios medios en el mercado, expresados en euros por metro cuadrado
construido, para estimar el valor de coste de la obra nueva de determinados bienes inmuebles radicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a efectos de la
liquidación de los hechos imponibles del impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos
Jurídicos Documentados que se devenguen en el año 2025. Dichos precios medios figuran en
el anexo II de la presente orden.
Artículo 3. Reglas para la aplicación de los precios medios y efectos.
1. L
a estimación del valor de coste de la obra nueva para bienes inmuebles se obtendrá multiplicando los precios medios a que hace referencia el artículo anterior por la superficie construida del bien inmueble, y por el coeficiente en función de la calidad real de la edificación,
cuyas tipologías de la edificación sean las siguientes:
a) Vivienda colectiva (piso).
b) Vivienda unifamiliar.
c) Vivienda unifamiliar aislada.
d) Vivienda rural.
e) O
ficina.
f) Local comercial en bruto.
g) Local comercial.
h) L
ocal en bruto.
i) Aparcamiento.
j) Almacén.
k) Almacén rural.
l) Nave en bruto.
m) Nave en bruto adosada.