Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Valoraciones Fiscales. (2024050200)
Orden de 18 de diciembre de 2024 por la que se aprueban los precios medios en el mercado para estimar el valor de determinados vehículos usados, a efectos de la liquidación de los hechos imponibles de los Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre Sucesiones y Donaciones, que se devenguen en el año 2025 y que no figuren en las tablas de precios medios de venta aprobados por el Ministerio de Hacienda.
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NÚMERO 250
Viernes 27 de diciembre de 2024

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la aprobación exigida por norma reglamentaria, no tratándose de una norma restrictiva de
derechos o que imponga obligaciones a las personas interesadas.
Asimismo, la iniciativa es coherente con el resto del ordenamiento jurídico tanto nacional
como de la Unión Europea, sus objetivos se encuentran claramente definidos y no impone
nuevas cargas administrativas, cumpliendo así los principios de seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
En cuanto al sistema de cálculo empleado, para la elaboración de estos precios medios se ha
seguido el mismo criterio reflejado en las órdenes del Ministerio de Hacienda y en las órdenes
precedentes de la Consejería competente en materia de Hacienda, es decir, se han utilizado
las publicaciones de las asociaciones de fabricantes y vendedores de medios de transporte,
así como las indicaciones sobre nuevos vehículos de los propios fabricantes.
Esta orden mantiene los mismos porcentajes de depreciación establecidos en el anexo IV de la
Orden de 15 de diciembre de 1998, del Ministerio de Economía y Hacienda, por considerarlos
adecuados a la devaluación que sufren los vehículos por el transcurso del tiempo.
En su virtud, en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO:
Artículo 1. Tablas de precios medios aplicables.
Las tablas que figuran en los anexos de la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de 18 de diciembre de 2023 (DOE n.º 243 de 21 de diciembre de 2023), quedan
sustituidas a todos los efectos por las que se recogen en los anexos de esta orden.
Artículo 2. Objeto y ámbito de aplicación.
1. La presente orden tiene por objeto aprobar los precios medios en el mercado y los valores
resultantes para estimar el valor de determinados modelos de vehículos comerciales e industriales ligeros usados de hasta 3.500 Kg. de masa máxima autorizada, de los tractores
con más de 12 años desde su primera matriculación y de los remolques agrícolas usados,
a efectos de la liquidación de los hechos imponibles de los Impuestos sobre Transmisiones
Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre Sucesiones y Donaciones, que se
devenguen en el año 2025 y que figuran en los anexos I y II de la presente orden.
2. Los precios medios en el mercado que se aprueban por esta disposición, serán utilizables
como medio de comprobación a los efectos de los impuestos citados en el apartado 1
anterior, cuya gestión sea competencia de la Administración tributaria de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.